Crónica de un santuario deportivo cercado por escombros, residuos y desidia en Santander de Quilichao

Por David Luna.
Alrededor del estadio de atletismo Norfalia Carabalí, una obra que nació para poner a Santander de Quilichao en el mapa deportivo, se ha consolidado, durante años, un paisaje contrario a esa promesa, montones de residuos de construcción y demolición, llantas, vidrios, muebles, colchones, hierros y basura ordinaria. La escena no puede atribuirse al terremoto del 10 de agosto de 2026: es anterior, persistente y conocida. Esta crónica recorre esa contradicción, contrasta antecedentes públicos y delimita las responsabilidades de ciudadanía, municipio, prestadores, generadores, Policía y autoridad ambiental.
La pista invita a respirar; pero, su entorno obliga a contener la respiración.
Entre aves, atletas y escombros
Uno llega al estadio de atletismo Norfalia Carabalí buscando una tregua. A cierta hora, cuando el calor cede, hay pasos que encuentran ritmo, conversaciones que se alargan, niños que corren sin preguntar cuánto costó levantar ese escenario y aves que cruzan por encima de las graderías como si el lugar todavía conservara intacta su promesa.
Pero basta prolongar la caminata más allá de los límites del estadio para que cambie el aire. No es una metáfora. Aparecen los olores fétidos y, después, el inventario de lo que alguien decidió no llevar al sitio correcto: ladrillos partidos, restos de cemento, vidrios quebrados, varillas dobladas, tejas torcidas, armarios vencidos, colchones húmedos, muebles sin destino, llantas que acumulan agua, bolsas abiertas y, según el relato de campo que origina esta crónica, hasta animales muertos.
Es una escombrera a cielo abierto que se ha ido normalizando por repetición. Cada descarga parece dar permiso a la siguiente. Lo que ayer fue un rincón con dos costales hoy funciona como una señal clandestina: “aquí se puede botar”. Y cuando la señal se instala, el abandono se administra solo.
A pocos metros hay un afluente hídrico, según la observación aportada para este reportaje. La cercanía debe verificarse y medirse en terreno, pero la alerta no necesita exageración: residuos mezclados, vidrios, llantas, materia orgánica y posibles materiales peligrosos no pertenecen a un borde verde ni a la vecindad de un escenario deportivo.
Un estadio levantado para otra historia

El contraste tiene archivo. El 6 de noviembre de 2012, Proclama del Pacífico tituló que el estadio de atletismo de Santander de Quilichao había quedado listo “como los mejores del mundo”. El escenario hacía parte del legado de los XIX Juegos Deportivos Nacionales y alimentaba una visión mayor: un complejo con canchas, pista de patinaje, piscinas y otros espacios alrededor del atletismo.
Diez años después, otra publicación de este medio reconstruyó el valor aproximado del estadio en 8.500 millones de pesos: 3.000 millones aportados por Coldeportes, 1.000 millones por la Gobernación del Cauca y 4.500 millones por el municipio. Más que una suma, fue un pacto: recursos de la Nación, el departamento y los quilichagüeños convertidos en infraestructura pública.
Hoy la memoria de esa inversión convive con una pista atlética deteriorada; luminarias desmontadas, desvalijadas o hurtadas; una pista de patinaje abandonada; canchas sintéticas con la carpeta de césped agotada; fachada oxidada y sin pintura. Estas condiciones provienen del recorrido y de las imágenes anunciadas por el autor y requieren una inspección técnica que cuantifique daños, responsables del mantenimiento y costo de recuperación. La evidencia visual puede mostrar el deterioro; no reemplaza el expediente administrativo.
Una obra pública no termina cuando se corta la cinta. Empieza allí su obligación más larga: conservarla.
El basurero no nació ayer
La alarma tampoco carece de antecedentes. En agosto de 2020, Proclama del Pacífico llegó al barrio Brisas de Santa Clara y documentó escombros, basuras y material no orgánico en una zona de vegetación conectada con la pista de bicicrós y un campo de entrenamiento. Seis años separan aquella denuncia de esta crónica; la geografía cambia, pero el patrón se repite, los bordes de los escenarios deportivos terminan convertidos en tierra de nadie.
La persistencia es el dato más grave. Un residuo arrojado ilegalmente es una infracción; un punto que reaparece durante años revela además una falla del sistema, falta de rutas conocidas, vigilancia intermitente, limpieza que no elimina la causa, sanciones invisibles, escasa trazabilidad y una cultura ciudadana que confunde lo público con lo desechable.
No son “solo escombros”
Mónica Villaquirán Caicedo, ingeniera de materiales, profesora y directora del Programa de Ingeniería de Materiales de la Universidad del Valle, explicó a Proclama del Pacífico que la expresión técnica es residuos de construcción y demolición, RCD. Allí caben concretos, morteros, revoques, yeso, mampostería, ladrillos, baldosas, pavimentos y metales, entre otros materiales. El cambio de nombre cambia también la pregunta, no todo debe enterrarse o abandonarse; una parte puede separarse, cuantificarse y regresar al ciclo productivo.
Villaquirán señaló que, según estudios realizados en la Universidad del Valle del Cauca, aproximadamente el 35 % de los municipios estudiados contaba con un espacio identificado para manejar RCD y tenía alguna cuantificación de lo generado. El dato no describe automáticamente al Cauca ni permite afirmar la situación exacta de Santander de Quilichao, pero muestra una brecha regional, se gobierna mal aquello que no se mide.
Separar es decisivo. Cuando concreto, ladrillo, acero, plástico, madera, vidrio, residuos domésticos y restos orgánicos llegan revueltos, disminuye el potencial de aprovechamiento, aumentan los costos y aparecen riesgos distintos. Una llanta no es un ladrillo; un animal muerto no es concreto; un vidrio roto no puede tratarse como una teja. Llamar “escombro” a toda la mezcla oculta la cadena de decisiones que produjo el problema.
Lo que dicen las normas —y lo que falta hacer visible
La Resolución 472 de 2017 del Ministerio de Ambiente, modificada por la Resolución 1257 de 2021, reglamenta la gestión integral de los RCD en Colombia. Aplica a quienes generan, recolectan, transportan, almacenan, aprovechan y disponen estos residuos. Establece una jerarquía: prevenir, reducir, aprovechar y, solo al final, disponer lo que no pueda recuperarse. También asigna obligaciones a generadores, gestores, municipios y autoridades ambientales.

El Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana es todavía más directo. Su artículo 111 prohíbe arrojar residuos sólidos y escombros en sitios de uso público no autorizados y contempla medidas correctivas. Santander de Quilichao llevó esa regla al ámbito local mediante el Acuerdo Municipal 022 de 2019, sancionado el 25 de noviembre y publicado al día siguiente. Su artículo 4 enumera dieciséis conductas dañinas, incluye arrojar residuos y escombros en lugares no autorizados, disponer animales muertos entre residuos domésticos, abandonar llantas y contratar o utilizar transportes inadecuados.
El acuerdo prevé para quien arroje basura, llantas, residuos o escombros en espacio público o en bienes públicos o privados —conducta número 8— una multa general tipo 4, equivalente en el texto a treinta y dos salarios mínimos diarios legales vigentes. Sin embargo, el propio parágrafo 2 del artículo 5 dejó una excepción decisiva: como el municipio declaraba no tener un lugar técnico y ambientalmente acondicionado para depositar escombros, suspendía la sanción por esa infracción hasta contar con el sitio adecuado y ordenaba a la Administración coordinar lugares provisionales con la ciudadanía.
La norma local construyó una paradoja: prohibió arrojar escombros, pero condicionó la sanción a que el municipio ofreciera un lugar adecuado. Siete años después, la pregunta es si esa condición ya fue cumplida.
No es un detalle menor. El artículo 6 encargó la vigilancia del comparendo a las secretarías de Fomento Económico y Agroambiental, Gobierno y Movilidad. El artículo 11 ordenó a las empresas de aseo censar periódicamente los puntos críticos; los artículos 13 y 14 autorizaron la activación por denuncias ciudadanas y exigieron inspección ocular, registro fotográfico y constancia escrita; el artículo 15 impuso llevar estadísticas digitales; y el artículo 18 ordenó educación ambiental articulada con instituciones y empresa privada. La regla existe. La pregunta periodística es otra: ¿dónde están el sitio provisional o definitivo, los censos, las estadísticas, las visitas y los resultados?
El PBOT adoptado mediante el Acuerdo 022 de 2002 ya ordenaba que la ubicación de sitios de disposición final de escombros se definiera con base en un estudio de manejo integral; mientras se realizaba, señalaba el relleno sanitario de Quitapereza. Más de dos décadas después, ese antecedente obliga a pedir trazabilidad: cuál fue el estudio, cuál es el sitio vigente, qué capacidad tiene y cómo se informa a la población.
Responsabilidades: nadie puede lavarse las manos

Fuente: síntesis editorial basada en la Resolución 472 de 2017, la Resolución 1257 de 2021, el artículo 111 de la Ley 1801 de 2016, el PBOT y el Acuerdo Municipal 022 de 2019. Las competencias operativas deben contrastarse con el PGIRS y los contratos vigentes.
La CRC y la Alcaldía: pasar de la jornada a la política

A la Corporación Autónoma Regional del Cauca no le basta con aparecer cuando el daño ya se volvió paisaje. Como autoridad ambiental regional, debe explicar si ha inspeccionado el sitio, si el depósito amenaza suelo, agua o fauna, qué gestores de RCD están inscritos para atender la zona y qué acciones de seguimiento ha adelantado. Si no existe expediente, la ausencia también merece una explicación.
A la Alcaldía le corresponde mucho más que retirar una montaña. Limpiar sin cerrar el circuito —origen, transporte, disposición, vigilancia y sanción— convierte cada operativo en una pausa. El Acuerdo 022 obliga a preguntar por los sitios provisionales que debían coordinarse, los censos de puntos críticos, las estadísticas digitales y las constancias de cada denuncia. El municipio debe hacer pública una ruta simple y comprobable: a quién llamar, cuánto cuesta, qué materiales reciben, dónde se entregan y cómo denunciar a quien arroja residuos. Debe, además, recuperar el escenario deportivo con presupuesto, cronograma y responsables visibles.
La crítica no desconoce restricciones presupuestales ni pretende adjudicar culpas sin documentos. Exige gestión medible. Una valla que diga “prohibido botar basura” no es una política. Una jornada de limpieza sin cámaras, control de accesos, seguimiento, iluminación y alternativa legal de disposición tampoco lo es.
El sector privado frente a su propio paisaje
Alrededor del estadio operan compañías de peso regional y nacional, Colombina, Metecno, entre otras, y nombrarlas no significa responsabilizarlas del botadero, no hay evidencia presentada que demuestre que sus residuos terminen allí. Significa reconocer que ninguna empresa puede declararse ajena al territorio que hace posible su operación.
La corresponsabilidad podría traducirse en iluminación exterior, cámaras integradas a una ruta institucional, adopción de franjas verdes, jornadas periódicas de recuperación, señalización útil, apoyo a educación ambiental, patrocinio del mantenimiento deportivo y publicación de metas. Pero toda acción debe coordinarse con la Alcaldía y la CRC; la filantropía aislada no sustituye la autoridad ni la obligación del generador de manejar sus propios residuos.
Una ciudad de aves no puede convivir con una ciudad de desechos
Santander de Quilichao se proyecta como territorio de turismo sostenible, gastronomía, naturaleza y deporte. El Sistema de Gestión Ambiental Municipal reconoce su diversidad paisajística, cultural y sus reservas naturales; iniciativas recientes hablan incluso de posicionarlo como “Ciudad de las Aves”. Es una aspiración valiosa, pero los títulos territoriales se sostienen en la vida cotidiana, no en la publicidad.
La contradicción cabe en una sola imagen: aves sobrevolando un lugar donde las llantas retienen agua y los vidrios quedan expuestos. El turismo de naturaleza empieza en la forma como una comunidad trata su esquina menos fotografiada. El civismo no consiste en ocultar el problema antes de una visita; consiste en impedir que vuelva después de la limpieza.
De botadero clandestino a aula pública
La salida no debería limitarse a trasladar el problema. La entrevista con Villaquirán propone una idea fértil: “ingeniería comunitaria”. Materiales técnicamente recuperables pueden convertirse, después de clasificación, caracterización y procesamiento seguro, en elementos para espacios públicos, senderos o mobiliario. No todo residuo sirve ni todo uso es estructural; la decisión exige conocimiento de materiales, control de calidad y trazabilidad.
El entorno del Norfalia Carabalí podría convertirse en un proyecto demostrativo: caracterizar lo depositado, retirar de inmediato residuos peligrosos y ordinarios, separar RCD aprovechables, restaurar el suelo, proteger el afluente, diseñar un punto limpio formal fuera de áreas sensibles y vincular universidades, deportistas, vecinos, recicladores, empresas y autoridades. La primera transformación sería física. La segunda, más difícil, sería cultural: que nadie vuelva a interpretar un lote limpio como una invitación a ensuciarlo.
La última carrera

El estadio lleva el nombre de Norfalia Carabalí Villegas, una atleta que convirtió la disciplina en velocidad y la velocidad en representación de un territorio. Hay una ironía dolorosa en que su nombre custodie un lugar al que la administración, la autoridad ambiental y la ciudadanía llegan tarde.
Correr es volver sobre el mismo punto, pero no para permanecer igual. Cada vuelta mide una diferencia: un segundo menos, una respiración más firme, una resistencia adquirida. Santander de Quilichao necesita aplicarse esa lógica. Volver al Norfalia, sí, pero para verificar que la montaña de escombros disminuyó, que el responsable fue identificado, que la ruta de disposición funciona, que el agua está protegida, que las luminarias regresan y que las aves siguen encontrando árboles, no residuos.
El civismo comienza cuando nadie está mirando. La autoridad se prueba cuando decide mirar de todos modos.
Cronología mínima de una promesa y sus alertas

Fuentes consultadas
- Proclama del Pacífico, “El occidente colombiano frente al desafío de los escombros” (24 de agosto de 2026).
- Proclama del Pacífico, “Inconciencia en Quilichao está creando un basurero” (18 de agosto de 2020).
- Proclama del Pacífico, “Estadio de atletismo de Santander de Quilichao, quedó listo; como los mejores del mundo” (6 de noviembre de 2012).
- Proclama del Pacífico, “10 años de los juegos deportivos nacionales en Quilichao” (2022).
- Ministerio de Ambiente, Resolución 472 de 2017.
- Ministerio de Ambiente, Resolución 1257 de 2021.
- SUIN-Juriscol, Ley 1801 de 2016, artículo 111.
- Municipio de Santander de Quilichao, Acuerdo 022 de 2002 — PBOT.
- Municipio de Santander de Quilichao, Sistema de Gestión Ambiental Municipal — SIGAM.
Concejo Municipal de Santander de Quilichao, Acuerdo 022 de 2019, “Por medio del cual se instaura y se reglamenta el comparendo ambiental…”, sancionado el 25 de noviembre de 2019 y publicado el 26 de noviembre de 2019.