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Martes, 13 de octubre de 2026

Juez anuló suspensión de obra donde vive la alcaldesa de Jamundí

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El Juzgado Veintiuno Penal Municipal con Funciones de Control de Garantías de Cali tuteló los derechos fundamentales del propietario del lote 287, ubicado en un condominio de Jamundí, donde reside la alcaldesa Paola Castillo, y ordenó rehacer el trámite administrativo adelantado por la Inspección Segunda de Policía de ese municipio.

La decisión quedó consignada en la sentencia T-227 del 25 de mayo de 2026, en la que el despacho judicial concluyó que durante el proceso urbanístico se vulneraron los derechos fundamentales al debido proceso, defensa, contradicción y petición.

Según el fallo, la autoridad municipal adelantó actuaciones administrativas sin garantizar al accionante y a su apoderado judicial el acceso oportuno e íntegro al expediente administrativo. Esta situación, de acuerdo con la jueza, impidió que la defensa contara con condiciones reales para ejercer sus derechos dentro del trámite.

Como consecuencia, el juzgado declaró la nulidad de todas las actuaciones surtidas desde la audiencia del 13 de abril de 2026, inclusive. En esa diligencia, la Inspección Segunda de Policía escuchó a la parte quejosa, decretó pruebas adicionales y ordenó la suspensión de la obra.

El despacho judicial advirtió que las copias materiales del expediente solo fueron puestas a disposición del accionante y de su abogado después de realizada la audiencia. Por esa razón, consideró que el proceso avanzó sin que la parte interesada tuviera acceso completo a la información necesaria para ejercer su defensa.

“La audiencia fue adelantada y dentro de la misma la autoridad accionada escuchó a la parte quejosa, decretó pruebas adicionales y ordenó la suspensión de la obra, aun cuando las copias materiales del expediente administrativo únicamente fueron puestas a disposición del accionante y su apoderado judicial con posterioridad a dicha diligencia”, señala la decisión judicial.

La jueza también indicó que las actuaciones se desarrollaron “sin que el accionante contara con condiciones materiales reales y suficientes para ejercer plenamente sus derechos de defensa y contradicción”.

El fallo ordenó a la Inspección Segunda de Policía de Jamundí rehacer el trámite administrativo dentro de las 48 horas siguientes a la notificación de la sentencia. Para ello, deberá garantizar acceso completo al expediente y responder de manera clara y oportuna las solicitudes presentadas por la defensa.

La decisión deja sin efectos la suspensión de la obra impuesta durante la audiencia del 13 de abril, mientras la autoridad municipal rehace el procedimiento conforme a las garantías constitucionales exigidas por el juzgado.

El caso ha generado controversia pública por tratarse de una obra ubicada en el mismo condominio donde vive la alcaldesa de Jamundí, Paola Castillo, y por los cuestionamientos sobre presuntas irregularidades, vicios de procedimiento y posibles extralimitaciones dentro del trámite urbanístico.

En días recientes, la Procuraduría abrió investigación disciplinaria contra Yexica Karime Obando Martínez, secretaria de Planeación y Coordinación Municipal; Fenelly Quijano Cerquera, inspectora tercera de Policía; y Alejandra Janeth Jaramillo Quintero, quien se desempeñó como inspectora segunda de Policía encargada.

La investigación disciplinaria busca establecer si hubo vulneraciones al debido proceso u otras presuntas irregularidades en las actuaciones administrativas relacionadas con este caso.

La sentencia representa un revés jurídico para el procedimiento adelantado por autoridades municipales de Jamundí y obliga a rehacer el trámite con acceso pleno al expediente, garantías de defensa y respeto por el debido proceso.

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