
Taxis habilitados para transportar ciudadanos que se encuentren en la vía
De acuerdo al Decreto 768 emitido por el Ministerio de Transporte, como parte de las nuevas medidas en la prestación del servicio público de taxis, se encuentra la posibilidad de transportar pasajeros en la vía pública, sin necesidad de una plataforma digital.
“Se permite la prestación del servicio de taxis en todas sus modalidades, esto amplía la facultad que tenían los taxistas existentes para prestar servicios a través de plataformas y por telefonía, permitiéndoles adicionalmente prestar el servicio a través de pistas reguladas y por supuesto, la toma del servicio en la vía pública”, afirmó William Vallejo, secretario de Movilidad de Cali.
Para el caso de la ciudad de Cali, se incluyó en el decreto 729, la condición de que los taxistas que presten el servicio en pistas, deberán estar al interior del vehículo, evitando todo tipo de aglomeraciones, hasta que llegue el respectivo pasajero.
Hay que recordar que entre las muchas exigencias que aclamaba este gremio es la prestación del servicio sin estar sujeto a plataformas, porque existían conductores que no estaban suscritos a una, además, de las pérdidas económicas al no poder transportar a los ciudadanos que se encuentran en las vías públicas de la ciudad.