Gobierno Petro decreta emergencia económica en Colombia y abre debate constitucional.
El Gobierno del presidente Gustavo Petro expidió este lunes el decreto que declara el estado de emergencia económica, social y ecológica en todo el territorio nacional, por un periodo de 30 días calendario, argumentando la existencia de una “inminente crisis fiscal”.
Según el texto oficial, la decisión se sustenta en la no aprobación de la reforma tributaria en el Congreso, sumada a una serie de gastos considerados no recortables, entre ellos el aumento en el pago de la Unidad de Pago por Capitación (UPC) al sistema de salud, ordenado por la Corte Constitucional.
¿Para qué decreta la emergencia el Gobierno?
Tal como se había anticipado en días previos y lo confirmó el ministro del Interior, el estado de emergencia le permitirá al Ejecutivo expedir decretos con fuerza de ley, mediante los cuales podrá modificar impuestos existentes o crear nuevos tributos que estaban contemplados en la reforma tributaria hundida.
No obstante, el decreto publicado este 22 de diciembre no incluye nuevos impuestos específicos, debido a que, conforme al procedimiento constitucional, primero debe declararse el estado de excepción y posteriormente desarrollarse mediante decretos legislativos.
“Declárese el Estado de Emergencia Económica en todo el territorio nacional, por el término de treinta (30) días calendario”, señala el decreto presidencial, que también faculta al Gobierno para realizar operaciones presupuestales necesarias con el fin de conjurar la crisis e impedir la extensión de sus efectos.
Dudas sobre la constitucionalidad
La medida ha generado serias dudas jurídicas, dado que la Constitución contempla la emergencia económica para atender hechos sobrevinientes, extraordinarios e imprevisibles. Sin embargo, críticos del decreto señalan que los hechos invocados —como el hundimiento de la reforma tributaria— eran previsibles y advertidos con antelación, lo que podría poner en entredicho la validez constitucional de la declaratoria.
El decreto ordena además convocar al Congreso para ejercer control político 10 días después de finalizada la emergencia, mientras que tanto la declaratoria como los decretos que se expidan serán revisados por la Corte Constitucional.
De hecho, el alto tribunal estudia la posibilidad de sesionar de manera extraordinaria y evaluar incluso la suspensión provisional del decreto, ante el impacto que tendría la eventual creación de tributos que se presumen legales mientras se define su constitucionalidad.
Las razones expuestas por el Ejecutivo
Entre los principales argumentos del Gobierno para decretar la emergencia se encuentran:
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El cumplimiento del auto de la Corte Constitucional que ordena aumentar la UPC a las EPS, tema por el cual incluso se abrió un incidente de desacato contra el ministro de Salud, Guillermo Alfonso Jaramillo.
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La situación de orden público en departamentos como Cauca, Cesar y Norte de Santander, así como los costos asociados a la protección de candidatos en el contexto electoral.
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El hundimiento de la reforma tributaria, que según el Ejecutivo agravó las presiones de liquidez del Estado.
El decreto también menciona otros factores como la ola invernal, obligaciones contractuales atrasadas, restricciones en el endeudamiento, tensiones diplomáticas —incluida la relación con Estados Unidos—, y problemas de caja de la Tesorería General, además de efectos económicos atribuidos a la pospandemia.
El debate sobre la legalidad, conveniencia y alcance del estado de emergencia queda ahora en manos del Congreso y de la Corte Constitucional, mientras el país observa el desarrollo de una de las decisiones económicas más controvertidas del actual Gobierno.
Por su parte el presidente Gustavo Petro publicó una declaración en redes sociales sobre el endeudamiento del pais: «La prensa hoy sigue en su afán de desinformar al pueblo de las acciones del gobierno.