Firmas falsas frenan poda de árboles en Popayán

La caída de varios árboles en el centro de Popayán dejó al descubierto un contrato suspendido por presuntas firmas falsificadas. El concejal Lucio Jurado denunció irregularidades en el convenio por 83 millones de pesos que la Secretaría de Desarrollo Agroambiental y Fomento Económico firmó con el Consorcio LS Popayán, cuyo plazo vence el próximo 22 de julio.
Según el concejal, dos profesionales incluidos en la propuesta de la firma ganadora afirmaron que nunca autorizaron el uso de sus hojas de vida en las cartas de intención presentadas durante el proceso de selección. El hallazgo llevó a suspender el contrato mientras se verifica la posible falsedad documental y el presunto incumplimiento del compromiso anticorrupción exigido en el pliego de condiciones.

Jurado pidió a la Alcaldía terminar el vínculo de forma unilateral mediante un acto administrativo motivado, aplicar la cláusula penal del 20 por ciento del valor total —cerca de 16 millones de pesos— y hacer efectivas las pólizas correspondientes. También solicitó enviar copias del caso a la Fiscalía y a la Procuraduría para que establezcan las responsabilidades penales y disciplinarias que correspondan.
El ingeniero forestal Eduard Leandro Martínez Ledezma, uno de los profesionales mencionados en la denuncia, aseguró que el Consorcio LS Popayán usó su firma y sus documentos sin su consentimiento para cumplir los requisitos de la licitación.

El desplome de los árboles, provocado por fuertes vientos, no dejó heridos ni daños materiales de consideración. Sin embargo, mientras el contrato siga vigente en la plataforma Secop, la Alcaldía no puede abrir un nuevo proceso para atender los árboles que todavía representan riesgo en la ciudad.
LA DIMENSIÓN LEGAL DE LA DENUNCIA
Lo que Jurado plantea no se limita a una falla administrativa. Firmar una carta de intención con datos de un profesional que niega haberla autorizado configura, según el Código Penal colombiano, el delito de falsedad en documento privado, contemplado en el artículo 289 de la Ley 599 de 2000. La norma castiga a quien falsifique un documento privado que pueda servir de prueba y lo use, con prisión de dieciséis a ciento ocho meses.

Ese es el rango que la Fiscalía tendría que evaluar si confirma la falsificación de las cartas de intención de Eduard Leandro Martínez Ledezma y del segundo profesional que Jurado menciona en su denuncia. A la par, la Procuraduría deberá establecer si los funcionarios de la Secretaría de Desarrollo Agroambiental y Fomento Económico que tramitaron y avalaron la oferta incurrieron en falta disciplinaria por no advertir la irregularidad antes de adjudicar el contrato.
El caso queda ahora en manos de tres autoridades distintas: la Alcaldía, que decide si termina el contrato; la Fiscalía, que determina si hubo delito; y la Procuraduría, que revisa la actuación de los funcionarios que lo tramitaron. De esas tres decisiones depende si Popayán recupera, antes de que termine el año, un servicio de poda que hoy tiene los árboles de la ciudad sin atención.



