Feliciano Valencia, al fin, libre y absuelto

El líder indígena había sido condenado a 16 años de cárcel por el secuestro y las lesiones a un soldado que infiltró las protestas indígenas en el 2008. Corte Suprema de Justicia ordenó su libertad inmediata.

Feliciano Valencia Medina fue sentenciado por el secuestro del Cabo Tercero del Ejército Jairo Danilo Chaparral y las lesiones físicas que le fueron propinadas al haber sido sometido a 20 latigazos en el año 2008, hecho que ocurrió el día 14 de octubre del año 2008, en el Territorio La María – Piendamó, durante el paro agrario en medio de las protestas indígenas en contra de las políticas del presidente de la época, Álvaro Uribe.
El militar retenido por integrantes de la Guardia Indígena en ejercicio de autoridad legítima, acusado de haberse infiltrado en una comunidad indígena y castigado por llevar en su morral prendas y material de uso privativo de las fuerzas militares.
El día 24 de Marzo del 2015 el Juzgado Primero Penal del Circuito Especializado con funciones de conocimiento, en primera instancia, absolvió a Valencia Medina como responsable del delito de secuestro simple. Sin embargo, el 10 de septiembre de 2015 una sentencia proferida por el Tribunal Superior de Popayán revocó la absolución proferida y en su lugar, condenó a Valencia a 16 años de prisión. A finales del 2015, Valencia fue capturado por el CTI de la Fiscalía.
Feliciano Valencia, ex consejero del Cric, permaneció en el Centro de Armonización Indígena Gualanday en su territorio Munchique los Tigres, luego de que un juez de control de garantías determinara tratamiento diferencial a la pena aprobando el traslado de la cárcel San Isidro en Popayán a la Finca Gualanday en Santander de Quilichao.
En estas circunstancias, el abogado Germán Pabón Gómez, interpuso recurso extraordinario de casación penal ante la Corte Suprema de Justicia, demanda que se admitió día 10 de diciembre de 2015. Posteriormente se señaló el día 23 de mayo de 2016 para la audiencia de sustentación.
En interpretación de la Corte, los indígenas le aplicaron su justicia al soldado, y si lo retuvieron y lo juzgaron no podía ser considerado un secuestro sino el ejercicio de su autoridad. Por tanto, Feliciano Valencia nuevamente fue absuelto y la Corte dispuso su libertad inmediata.
En estas condiciones, la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia sentó un importante precedente: el líder y vocero de las comunidades indígenas del norte del Cauca, actuó en ejercicio de su autoridad indígena.
“Esta instancia decidió la situación de Feliciano, fallo que ratificó la garantía por parte del Estado colombiano a lo consagrado en el artículo 246 de la Carta Magna al derecho a la Jurisdicción Especial Indígena”, expresaron las autoridades de la ACIN, Asociación de Cabildos Indígenas del Norte del Cauca.



