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Sábado, 17 de octubre de 2026

Estas son las reglas y el calendario electoral del plebiscito para la paz

Con la Resolución 1733 del 2016, el Consejo Nacional Electoral (CNE) reglamentó algunos temas concernientes al plebiscito para la refrendación...

Registraduria Nacional

Con la Resolución 1733 del 2016, el Consejo Nacional Electoral (CNE) reglamentó algunos temas concernientes al plebiscito para la refrendación del acuerdo final para la terminación del conflicto y la construcción de una paz estable y duradera, en los términos de la Ley 1806 del 2016 y la Sentencia C-379 del 2016.

Con la norma, el CNE establece las reglas para temas como la financiación de las campañas, restricciones a las encuestas, publicidad en medios de comunicación, obligaciones de los servidores públicos, testigos y jurados de votación.

En cuanto a la inscripción de los comités, señala que los que deseen hacer campaña por la opción Sí o No deberán comunicar su intención ante el CNE en un plazo no superior a 15 días, contados desde la fecha de publicación del decreto de convocatoria plebiscitaria.

Por su parte, la Registraduría Nacional expidió la Resolución 8124, con la cual definió lo pertinente al calendario electoral, por ejemplo, del 9 al 15 de septiembre será la designación de jurados de votación y la lista definitiva de estos será publicada el 22 de septiembre.

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En contexto – Resolución 1733 del 2016: http://www.proclamadelpacifico.com/2016/09/la-reglamentacion-al-plebiscito-del-cne-genera-preocupaciones.html

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Redacción Proclama del Pacífico

Periodismo verificado desde Santander de Quilichao, Cauca.

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