Consejo de Estado reabre pelea por segunda curul afro


La Sección Quinta suspendió provisionalmente la elección de Winsner Sandoval y puso en duda la fórmula utilizada por el CNE para repartir los dos escaños afro. El tribunal consideró que superar el umbral era un requisito indispensable para participar en la asignación. La decisión abre la posibilidad de que Anyela Guanga llegue a la Cámara, aunque la batalla judicial todavía no ha terminado.
La controversia que estalló horas antes de instalarse el Congreso acaba de dar un giro que puede cambiar la representación de las comunidades afrodescendientes en la Cámara.
La Sección Quinta del Consejo de Estado suspendió provisionalmente la elección de Winsner Nessir Sandoval Ibáñez, representante del Partido Demócrata Colombiano, mientras estudia de fondo la demanda contra la decisión mediante la cual el Consejo Nacional Electoral le entregó una de las dos curules de la Circunscripción Especial de Comunidades Afrodescendientes.
La medida cautelar revive una pregunta que quedó abierta desde julio: ¿podía recibir una curul una lista que no había superado el umbral electoral?
Para el Consejo de Estado, en esta etapa del proceso, la respuesta apunta a que no.
Una pelea que comenzó antes de la posesión
Proclama del Pacífico informó el 19 de julio sobre la tormenta política provocada por la decisión del CNE.
El Consejo Comunitario El Naranjo, identificado electoralmente con el movimiento LIBRES, había conseguido alrededor de 159.000 votos y obtuvo la primera curul con Óscar Benavides. El Partido Demócrata Colombiano, con Winsner Sandoval, alcanzó 72.241 votos.
La discusión surgió al momento de repartir el segundo escaño.
Ninguna de las listas consiguió el cuociente electoral, establecido para esta elección en aproximadamente 263.000 votos. Frente a ese escenario, la mayoría del CNE decidió entregar las curules a las dos listas con mayor votación: una a Benavides y otra a Sandoval.
Pero hubo una diferencia fundamental.
El umbral correspondía al 30 % del cuociente electoral y quedó establecido en 78.915 votos. La lista de El Naranjo superó esa barrera. La del Partido Demócrata Colombiano, con 72.241 sufragios, no lo hizo.
Ahí nació la controversia jurídica.
Tres magistrados habían advertido el problema
La decisión del CNE no fue unánime.
Tres de sus nueve magistrados salvaron el voto. Entre ellos estuvo Altus Baquero, quien sostuvo que antes de determinar cómo distribuir las curules debía establecerse cuáles listas habían superado el umbral constitucional.
Según esa interpretación, únicamente El Naranjo había cumplido el requisito y, por consiguiente, las dos curules debían permanecer dentro de esa lista.
Óscar Benavides convirtió esa diferencia jurídica en una batalla política.
Al recibir su credencial denunció que a LIBRES le habían quitado la segunda curul y anunció acciones judiciales para recuperarla. El movimiento sostiene desde entonces que ese escaño corresponde a Anyela Viviana Guanga Marquínez, integrante de la misma lista.
La controversia llegó incluso a la instalación del Congreso del 20 de julio, cuando Benavides exhibió un cartel reclamando la recuperación de la curul.
El Consejo de Estado entra al debate
Un mes después, la discusión dejó de ser solamente política.
Al estudiar la solicitud de suspensión provisional, el Consejo de Estado examinó la aplicación del artículo 263 de la Constitución Política y llegó, en esta etapa preliminar, a una interpretación diferente de la adoptada por la mayoría del CNE.
El punto central está en diferenciar dos conceptos que resultaron determinantes: umbral y cuociente electoral.
El umbral determina cuáles listas quedan habilitadas para participar en la distribución de escaños. El cuociente, por su parte, interviene en la fórmula utilizada posteriormente para asignarlos.
La Sección Quinta consideró que el umbral constituye un requisito previo e indispensable para acceder al reparto.
Ese razonamiento cambia completamente el resultado.
Si solamente El Naranjo superó los 78.915 votos exigidos, la tesis acogida provisionalmente por el Consejo de Estado indica que no podía incorporarse al reparto una lista que quedó por debajo de esa cifra.
La consecuencia jurídica fue inmediata: la elección de Winsner Sandoval quedó suspendida provisionalmente.
La curul está suspendida, no adjudicada
Hay una precisión fundamental.
El Consejo de Estado todavía no ha anulado definitivamente la elección de Sandoval ni ha ordenado en sentencia definitiva entregar la curul a Anyela Guanga.
La decisión conocida corresponde a una medida cautelar dentro del proceso de nulidad electoral.
Esto significa que Sandoval queda apartado temporalmente del ejercicio de esa representación mientras continúa el estudio de fondo sobre la legalidad de su elección.
El propio Sandoval ha reaccionado señalando que no se trata de una sentencia definitiva y que continuará defendiendo jurídicamente su elección.
Por eso, afirmar desde ahora que Guanga es representante a la Cámara sería anticiparse a una decisión que todavía debe adoptar la jurisdicción electoral.
Sin embargo, la providencia sí abre jurídicamente el camino para que la segunda curul termine en manos de la lista de El Naranjo si la tesis planteada en la medida cautelar prevalece en la sentencia.
Una diferencia de 6.674 votos
Las cifras permiten dimensionar el problema.
El umbral fue fijado en 78.915 votos.
El Partido Demócrata Colombiano obtuvo 72.241.
La diferencia fue de 6.674 votos.
El asunto, por tanto, no consiste simplemente en determinar cuáles fueron las dos organizaciones más votadas, sino en establecer si una lista que no alcanzó el mínimo constitucional podía ser habilitada para recibir representación.
El CNE entendió que, como ninguna organización alcanzó el cuociente electoral, correspondía entregar los dos escaños a las dos listas con mayor votación.
La interpretación acogida provisionalmente por el Consejo de Estado es distinta: primero debe aplicarse el umbral y únicamente después puede determinarse cómo se distribuyen las curules entre quienes quedaron habilitados.
Si una sola lista supera esa barrera, las dos curules pueden corresponderle a esa misma organización.
El antecedente que ahora cobra fuerza
La providencia también devuelve relevancia a los salvamentos de voto presentados dentro del CNE.
Lo que hace un mes era la posición minoritaria de tres magistrados coincide, en un aspecto esencial, con el razonamiento utilizado ahora por el Consejo de Estado: el umbral no podía desaparecer de la ecuación electoral.
Benavides había sostenido desde julio que LIBRES era la única lista habilitada para participar en la distribución y que, por esa razón, la segunda curul correspondía a su compañera de lista.
La mayoría del CNE tomó otro camino.
Ahora será la justicia contencioso-administrativa la que deberá establecer cuál interpretación se ajusta definitivamente a la Constitución.
Más que una curul
La controversia supera los nombres de Winsner Sandoval, Óscar Benavides o Anyela Guanga.
Las dos curules especiales existen para garantizar representación política a las comunidades negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras en la Cámara de Representantes.
Por eso, la discusión alrededor del artículo 263 no es solamente matemática.
De la interpretación de unas reglas electorales depende quién puede ejercer una representación creada precisamente para garantizar participación política a poblaciones históricamente subrepresentadas.
También está en juego la seguridad jurídica de futuras elecciones.
Si el fallo definitivo confirma que el umbral debe aplicarse inexorablemente antes de cualquier fórmula de distribución, el caso dejará una referencia importante sobre la manera como deben asignarse las curules en circunscripciones donde ninguna lista alcanza el cuociente, pero solo una supera el umbral.
La última palabra todavía está pendiente
Por ahora hay una certeza y una incógnita.
La certeza es que Winsner Sandoval tiene suspendida provisionalmente su elección como representante a la Cámara.
La incógnita es quién terminará ocupando definitivamente esa segunda curul.
El Consejo de Estado deberá resolver de fondo la demanda y establecer si la actuación del CNE vulneró el artículo 263 de la Constitución. Solo entonces podrá conocerse definitivamente si Sandoval conserva el escaño o si la segunda curul debe regresar a la lista del Consejo Comunitario El Naranjo y abrir paso a Anyela Guanga.
La pelea que comenzó en una audiencia del CNE, continuó con pancartas durante la instalación del Congreso y terminó en los estrados judiciales todavía no concluye.
Pero el tablero cambió.
Por primera vez desde que comenzó la controversia, la tesis que LIBRES defendió desde julio encontró respaldo en una decisión de la jurisdicción electoral.
Y una diferencia de apenas 6.674 votos tiene hoy suspendida una curul del Congreso de la República.
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