El fallo absolutorio no equivale a inocencia


Se declaró la insuficiencia probatoria

Colombia vive un nuevo episodio de crisis de confianza institucional. Tras la decisión del Tribunal Superior de Bogotá de absolver al expresidente Álvaro Uribe Vélez, la reacción no fue de consenso. Una celebración desaforada en una orilla política y una profunda indignación en la otra.
El fallo absolutorio emitido por el Tribunal Superior de Bogotá a favor del expresidente Álvaro Uribe Vélez ha reavivado una discusión profunda sobre el sentido mismo de la justicia en Colombia.
La sentencia no significa que Uribe sea inocente. Significa, técnicamente, que la justicia no logró demostrar su culpabilidad con las pruebas procesales disponibles, pero el proceso continúa: el caso pasará ahora a la Corte Suprema de Justicia en sede de casación, donde se revisará si el Tribunal aplicó correctamente la ley y valoró de manera adecuada la evidencia.
La verdad procesal no siempre es la verdad real
En la sociedad colombiana, marcada por conflictos, desigualdades y memorias heridas, la verdad que se vive y se recuerda no siempre coincide con la verdad procesal.
La verdad real nace de los testimonios, de las víctimas, de los territorios que recuerdan. Es plural, emocional y comunitaria.
La verdad jurídica, en cambio, se construye para los filtros del procedimiento: las pruebas admitidas, los requisitos formales y las interpretaciones de los jueces.
Hoy Colombia experimenta una fractura de legitimidad: la verdad jurídica choca abiertamente con la verdad real.
El imperio del procedimiento
Para entender este fallo absolutorio, no es necesario ser abogado, sino tener mediana formación académica y sentido común. La decisión del Tribunal se fundamenta en un principio del derecho penal: la seguridad jurídica y el debido proceso.
El sistema prefiere liberar a un culpable si no se respetaron las normas procesales. El conocido aforismo «más vale un culpable libre que un inocente preso» subraya esta prioridad.
Es decir que, la verdad real se pierde para el proceso cuando la prueba de los hechos no es perfecta. En el caso Uribe Vélez, la absolución se dictó creando una verdad jurídica que contradice lo que socialmente se sabe que ocurrió.
Esto es el imperio del procedimiento sobre la verdad material. Por ejemplo, si una evidencia clave, o incluso la verdad real del crimen, fue obtenida con alguna violación del debido proceso, debe absolverse. Es que el derecho no busca la verdad por la verdad; busca garantizar el debido proceso y la seguridad jurídica.
En el caso Uribe Vélez, el Tribunal consideró que la evidencia presentada no alcanzó el nivel de certeza más allá de toda duda razonable exigido por el sistema penal.
Obviamente, repito, la absolución no es prueba de inocencia, y es por eso que ha generado una sensación colectiva de desconfianza institucional.
Cuando el sistema absuelve a figuras de poder en casos donde la sociedad percibe evidencias públicas, el ciudadano común siente que la justicia es un privilegio y no una garantía.
No obstante, viene la casación, que no es un nuevo juicio, pero puede anular o modificar la sentencia si encuentra errores de fondo o de forma.
Por tanto, hablar hoy de inocencia es, al menos, prematuro e imprudente.
En resumidas cuentas, la justicia puede absolver, pero la historia no siempre lo hará.
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