EL CASO PROGASUR: CONTRA EL PUEBLO
CREPITACIONES 2011
POR LIC. JAVIER ENRIQUE DORADO MEDINA
Correo electrónico: [email protected]
Siempre se ha afirmado y con razón, que “la voz del pueblo es la voz de Dios”, “el pueblo manda”, “la democracia es el gobierno del pueblo y para el pueblo”, “pueblo unido, jamás será vencido”, en fin, existen otras afirmaciones en la misma dirección, que magnifican el poder decisorio de un conjunto de personas, unidas por un propósito común, en aras de la defensa de sus derechos inalienables, consagrados en la Ley de Leyes, en la Constitución Política de Colombia.
Para comprender mejor el poder que tiene el pueblo, recordemos a guisa de ejemplos históricos, uno foráneo y otro nuestro, ambos unidos por un solo haz de voluntades, a favor de justas reivindicaciones sociales. El primero, con resonancia mundial, sucedió en Francia, en 1789, cuando el pueblo no “aguantó” más la humillación social de los poderosos de siempre y entonces, como un solo bloque se enfrentó a ellos y se tomó la cárcel de la Bastilla, liberando a los prisioneros que allí estaban, miembros del mismo pueblo, quienes estaban allí confinados por defender sus derechos. Este hecho pasó a la historia con el nombre de la Revolución Francesa, la cual con su lema “Libertad, Igualdad y Fraternidad”, marcó un hito sin precedentes, en todo el mundo, pues sirvió como ejemplo y como espejo, digno de imitar, allende las fronteras.
De esta manera, en nuestra Colombia, sucedió algo parecido, con lo hechos ya conocidos del 20 de julio de 1810, cuando el pueblo protestó a su modo, en contra de los españoles, aprovechando la reyerta dentro de la tienda del español Llorente, contra los hermanos Morales, por no prestar un florero. Este suceso, pasó a la historia con el nombre de “Grito de la independencia”.
Retomando los casos anteriores, en Santander de Quilichao ha sucedido un caso preocupante, cuando un conjunto de personas, habitantes de la carrera 6ª., del barrio Calama y vecinos, manifestaron su deseo popular para la no construcción, instalación y operación del gasoducto, por parte de Progasur S.A, E.S P, motivo por el cual hicieron una tutela ante el Tribunal Administrativo del Cauca, siendo aceptada en primera instancia, por la violación de intereses colectivos, pero después, la Sala Administrativa del Consejo de Estado, echó por tierra esa aspiración popular y Progasur se salió con la suya, a la fuerza, yendo en contravía del pueblo, con la complacencia obvia del Minminas y Energía.
Como nos damos cuenta, primaron los intereses comerciales que los populares y la voz del pueblo fue pisoteada, extrañándome el poco acompañamiento de los entes municipales, quienes deben estar al lado del pueblo que los eligió, hasta las últimas consecuencias. Las exigencias de los habitantes son justas y prioritarias, destacándose el temor ante una posible tragedia (casos se han visto), y la existencia de la otra red urbana de gas, vale decir una bomba de tiempo impredecible. Apoyo de manera irrestricta los justos reclamos de los habitantes de la carrera 6ª.
Leer más…




