
El Ministerio de Transporte modificó un capítulo del Decreto 1079 de 2015 en lo relacionado con la prestación del Servicio Público de Transporte Terrestre Automotor Especial, ya que se ha determinado, según las observaciones de la Superintendencia de Industria y Comercio, que el Estado tiene el deber de regular la prestación del servicio público de transporte de manera rigurosa, limitando, en ocasiones, la libertad de empresa, para garantizar la seguridad de los usuarios y el bien común, conforme a los estudios realizados por el sector, la modalidad de transporte terrestre automotor especial.
Estas medidas se toman entendiendo que en la actualidad se presenta una sobreoferta importante, ya que las empresas habilitadas no han logrado copar, por falta de demanda, su capacidad transportadora, además, busca evitar que las juntas de acción comunal, administradores y consejos de administración de conjuntos residenciales puedan contratar el servicio público de transporte terrestre, evitando que este servicio se use como transporte colectivo o individual de pasajeros.
Consulte la resolución aquí:
DECRETO 431 de 2017 Por el cual se modifica y adiciona el Capítulo 6 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto número 1079 de 2015, en relación con la prestación del Servicio Público de Transporte Terrestre Automotor Especial, y se dictan otras disposiciones.
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Habilitación de empresas de Servicio Público de Transporte Terrestre Automotor Especial
El Ministerio de Transporte amplió hasta el 30 de junio de 2017 el plazo a las empresas que cuenten con habilitación para la prestación del Servicio Público de Transporte Terrestre Automotor Especial, para presentar los documentos que acrediten el cumplimiento de los requisitos de habilitación establecidos en el Capítulo 6, Título 1, Parte 2, Libro 2 del Decreto 1079 de 2015.
Consulte el decreto aquí:
Decreto 296 de 2017 del Ministerio de Transporte, Por el cual se prorroga el término establecido en el artículo 2.2.1.6.14.1. del Capítulo 6 del Título 1, de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1079 de 2015
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