Aclare sus dudas sobre las elecciones del 25 de octubre de 2015

Una nueva cita con la democracia tendrán los colombianos el próximo 25 de octubre, en esta ocasión elegirán sus representantes en los principales cargos por elección popular a nivel local y regional para los próximos cuatro años. Se conoce públicamente que las campañas iniciarán en firme en el próximo mes de julio, cuando se dé vía libre a la propaganda electoral, desde ya se promulgan posibles coaliciones y se perfilan algunos candidatos.
Pese a esto, comenzaron a surgir muchas inquietudes alrededor de la contienda que se realizará el próximo 25 de octubre de 2015:
¿A quién se elige el 25 de octubre?
Se elegirán autoridades locales de los municipios y departamentos, tales como alcaldes, concejales, ediles o miembros de las juntas administradoras locales, gobernadores y diputados.
¿Quiénes participan en estos comicios?
Los ciudadanos colombianos cedulados y que hagan parte del censo electoral, mejor dicho que se encuentren inscritos y que hagan parte de las personas aptas para votar.
¿Para estas elecciones toca inscribir la cédula?
Sólo para las personas que deseen cambiar de puesto de votación por cambio de domicilio o residencia. Evento este que comenzó desde el 25 de octubre de 2014 y culminara el 25 de agosto, del presente año.
¿La persona que fue cedulada por primera vez, puede votar?
Sí. Puede sufragar, porque al momento de preparar la documentación para obtener la cedula de ciudadanía por primera vez, queda automáticamente inscrito.
¿Una persona se puede inscribir con contraseña?
No. Para inscribirse el único documento válido es la cedula de ciudadanía amarilla con hologramas. Y la inscripción es personal.
¿Existen beneficios por votar?
Existen ciertos beneficios para incentivar a los ciudadanos que sufraguen, tales como medio día de descanso remunerado, rebaja en los costos en las matrículas universitarias, reducción del tiempo de prestación del servicio militar obligatorio, rebaja del 10% en el valor del pasaporte, entre otros.
¿Cuándo comienzan las inscripciones para los candidatos?
Los ciudadanos que se postulan para ejercer como autoridades locales, después de haber obtenido el aval de los partidos o movimientos políticos. Arrancan desde el 25 de junio y finalizan el 25 de julio.
¿En qué fecha se pueden exhibir propagandas políticas?
A partir del próximo 25 de julio, los candidatos a postularse a los distintos cargos como autoridades locales podrán exhibir sus pendones o afiches, utilizando el espacio público y contratar con los medios de comunicación, la divulgación necesaria a partir del 28 del mismo mes. Solo a partir del 28 de agosto comenzaran los espacios gratuitos utilizando el espectro electromagnético en los medios de comunicación, únicamente para los partidos y movimientos políticos, al igual que para grupos significativos de ciudadanos y los promotores al voto en blanco. En este momento no se puede hacer propaganda electoral.
¿Hasta cuándo se pueden hacer modificaciones de candidaturas?
Solo hasta después de seis días de pasados el cierre de inscripciones, es decir hasta el 31 de julio.
¿Cuándo sabe una persona si es jurado?
El listado será fijado en lugar visible de las registradurías o en lugares en donde haya mayor afluencia de público o en su defecto lo pueden consultar en la página web de la Registraduría, después del 9 de octubre es decir, 15 días antes de las elecciones.
¿Cuándo se posesionan las personas que salgan elegidas el 25 de octubre?
Tomarán posesión de los cargos el primero de enero del 2016 y son electos hasta el 31 de diciembre de 2019.






