Un periodismo comprometido con la niñez

- Abstenerse de transmitir mensajes discriminatorios contra la infancia y la adolescencia.
- El respeto por la libertad de expresión y el derecho a la información de los niños, las niñas y los adolescentes.
- Abstenerse de entrevistar, dar el nombre, divulgar datos que identifiquen o que puedan conducir a la identificación de niños, niñas y adolescentes que hayan sido víctimas, autores o testigos de hechos delictivos…
La Fundación Plan viene realizando en diferentes ciudades del país Foros sobre ‘Periodismo y Derechos de la Niñez’ con el objetivo de entregar herramientas a los y las periodistas sobre la importancia de la información desde el vínculo de los derechos de la niñez.
Igualmente recordar que en el Código de Infancia y Adolescencia existe el artículo 47 donde están las responsabilidades especiales de los medios en temas de niñez.

James Martínez, Gerente Región de Fundación Plan en el Cauca – Valle del Cauca comentó “este tipo de actividades son de vital importancia porque necesitamos que los niños y las niñas estén en la agenda mediática, pero además es necesario que los temas que se incluyan no violen los derechos de la niñez, con estos foros empezamos a crear conciencia de esto y a generar herramientas para su cubrimiento”.

En Santander de Quilichao se realizó el Foro “Periodismo y Derechos de Niñez – Desafíos del Periodismo Regional”, que tuvo como conferencista principal a la periodista y columnista Salud Hernández. Participaron cerca de 70 periodistas regionales.
“Yo creo que estos espacios entre periodistas, conversar sobre qué podemos hacer con la niñez, cómo podemos ayudarles más, me parece interesante y sobre todo necesario, pero no porque los niños sean el futuro, sino para que ellos y ellas sean felices” dijo Salud Hernández.

Salud motivó a los periodistas para escribir sobre temas de niñez “primero que todo hay que tratar bien a la niñez. Como periodistas debemos buscar cómo darle cobertura a las cuestiones que les afectan a los niños y niñas, sin ser imaginativos porque hay temas que no “venden”, pero entonces dentro de las restricciones que haya y dentro de lo difícil que es muchas veces meter temas que ya se han contado, hay que buscarle el ángulo para visualizar todos esos temas que afectan a los niños y hacerlo de tal manera que cree conciencia, que no es fácil, pero hay que buscarlo”.
Para recordar
Algunos de los temas que se tratan durante estos foros que se realizan en varios lugares del país, estuvieron relacionados con las responsabilidades especiales de los medios, qué se debe publicar y qué no, sobre temas de niñez desde el artículo 47 del Código de Infancia y adolescencia.
Artículo 47. Responsabilidades especiales de los medios de comunicación. Los medios de comunicación, en el ejercicio de su autonomía y demás derechos, deberán:
- Promover, mediante la difusión de información, los derechos y libertades de los niños, las niñas y los adolescentes, así como su bienestar social y su salud física y mental.
- El respeto por la libertad de expresión y el derecho a la información de los niños, las niñas y los adolescentes.
- Adoptar políticas para la difusión de información sobre niños, niñas y adolescentes en las cuales se tenga presente el carácter prevalente de sus derechos.
- Promover la divulgación de información que permita la localización de los padres o personas responsables de niños, niñas o adolescentes cuando por cualquier causa se encuentren separados de ellos, se hayan extraviado o sean solicitados por las autoridades competentes.
- Abstenerse de transmitir mensajes discriminatorios contra la infancia y la adolescencia.
- Abstenerse de realizar transmisiones o publicaciones que atenten contra la integridad moral, psíquica o física de los menores, que inciten a la violencia, que hagan apología de hechos delictivos o contravenciones, o que contengan descripciones morbosas o pornográficas.
- Abstenerse de transmitir por televisión publicidad de cigarrillos y alcohol en horarios catalogados como franja infantil por el organismo competente.
- Abstenerse de entrevistar, dar el nombre, divulgar datos que identifiquen o que puedan conducir a la identificación de niños, niñas y adolescentes que hayan sido víctimas, autores o testigos de hechos delictivos, salvo cuando sea necesario para garantizar el derecho a establecer la identidad del niño o adolescente víctima del delito, o la de su familia si esta fuere desconocida. En cualquier otra circunstancia, será necesaria la autorización de los padres o, en su defecto, del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar.
PARÁGRAFO. Los medios de comunicación serán responsables por la violación de las disposiciones previstas en este artículo. El Instituto Colombiano de Bienestar Familiar podrá hacerse parte en los procesos que por tales violaciones se adelanten contra los medios.





