Siempre soñamos con ser autónomos: autoridades indígenas

Las autoridades indígenas del país presentes en la firma del decreto que permite a las comunidades administrar directamente la asignación especial de recursos para sus resguardos, celebraron la expedición de la norma, al indicar que así el Estado reconoce la diversidad de sus pueblos.
Luis Fernando Arias, consejero mayor de la ONIC, manifestó que «no menos de la mitad» de los cabildos del país «están listos» para implementar el decreto y asumir así la administración de los recursos y las competencias en salud, educación, agua potable y saneamiento básico.
Alfredo Segundo Solano, del resguardo indígena Wayuu del municipio de Fonseca en La Guajira, dijo que «Ya no seremos los hijos menores y no dependeremos de los alcaldes y gobernadores. Siempre hemos soñado con ser autónomos».
Los puntos más importantes del decreto son:
- El decreto establece el funcionamiento de los territorios indígenas a los cuales se les reconoce su condición de organización político administrativa de carácter especial que les permite el ejercicio de las competencias y funciones públicas a través de sus autoridades propias con el Sistema Educativo Indígena Propio, Sistema Indígena de Salud Propia e Intercultural y Sistema General de Participaciones -SGP, entre otros.
- La aplicación de este decreto es voluntaria, es decir que las comunidades indígenas que no quieran constituirse en territorios indígenas seguirán como hasta ahora.
- Los principios generales del decreto son: autonomía y libre autodeterminación, identidad cultural, reconocimiento de la diversidad étnica y cultural, territorialidad, unidad, integralidad y universalidad.
- Los artículos referentes a los Sistemas de Salud y Educación, consagran el marco general pero con los Ministerios respectivos se reglamentarán las particularidades conforme a los usos y costumbres de cada comunidad.
- El decreto no plantea la unificación de las comunidades, por el contrario, resalta y protege la diversidad regulando el marco legal necesario para la administración propia de los sistemas.
Aquí, está el Decreto 1953 del 07 de Octubre de 2014:




