Quienes padecen drogadicción crónica deben recibir tratamiento, con cargo a la EPS a la que estén afiliados
Corte Constitucional amparó ese derecho
A través de la sentencia T-676 de 2011, la Corte Constitucional ordenó a las EPS que garanticen el tratamiento a ciudadanos con problemas mentales y de abuso de drogas.
El fallo abre la puerta para que miles de adictos a las drogas puedan acceder a tratamientos de rehabilitación a cargo de las EPS a las que se encuentren afiliados. Las condiciones son: que sea un caso grave, que el paciente esté dispuesto a superar su problema y que no cuente con los recursos para un tratamiento adecuado.
“El sistema general de salud debe brindar la atención que requieran las personas que padecen de drogadicción crónica, a través de las EPS o instituciones públicas o privadas que tengan convenio con el Estado. En materia de farmacodependencia, los entes gubernamentales son los encargados de los proyectos para atender este problema, con dineros del Fondo Nacional de Estupefacientes. Incluso si este tipo de programas no están incluidos en el POS, de todas maneras, todas las personas que los necesiten deben poder acceder a ellos”, dictaminaron los magistrados.
“La drogadicción, cuando es severa, puede tornarse en un grave problema que acarrea un altísimo impacto social, además de ser una enfermedad grave que puede llegar a tener consecuencias terribles en la salud del individuo e incluso causarle la muerte. Es por esto que resulta de vital importancia que aquellas personas que tienen este problema sean atendidas y puedan acceder a un programa de rehabilitación aún si no tienen los medios económicos para sufragarlo”, indicaron los magistrados, a través de las IPS adscritas, si son idóneas para ello, o a través de otras entidades con un servicio eficiente.
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