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jueves 29 agosto, 2013 a las 4:21 pm

Procuraduría confirmó fallo mediante el cual destituyó e inhabilitó por 10 años a exalcalde municipal de Cajibío (Cauca)

juan manuel jaramillo hurtado

Por irregularidades contractuales durante la vigencia 2008, la Procuraduría General de la Nación confirmó en segunda instancia el fallo mediante el cual sancionó con destitución e inhabilidad por el término de 10 años al señor Juan Manuel Jaramillo Hurtado, quien para la época de los hechos se desempeñaba como alcalde municipal de Cajibío (Cauca).

De acuerdo con las pruebas recaudadas, el señor Jaramillo Hurtado suscribió los contratos C4-163-2008 y C4-215-2008 con objetos aparentemente diferentes para reparar la vía que conduce desde la Panamericana al municipio de Cajibío. El primero de ellos tuvo por objeto la realización de obras de resello y reconstrucción de pavimento, y el segundo, la instalación de la sub-base mejorada con cemento para parcheo de la vía.

Para adelantar estos negocios jurídicos el exmandatario solo tomó como referencia los precios del mercado y consideró el valor de cada uno de ellos como inferior al 10% de la menor cuantía, cuando por el tipo de obra y su valor debió tramitarlos mediante el procedimiento para la menor cuantía.

La Procuraduría demostró que para la fecha en que se suscribieron los citados contratos el municipio contaba con suficientes recursos para iniciar un solo proceso contractual, y no como lo afirmó la defensa del disciplinado, quien argumentó la falta de dinero en las cuentas bancarias.

A juicio del ente de control, dada la similitud de las obras a efectuar, el entonces mandatario debió adecuar los estudios para perfeccionar un solo contrato de manera tal que no se vulneraran los principios de transparencia y selección objetiva en la contratación pero lo que hizo fue dividir el objeto contractual con el propósito de que su cuantía quedara por debajo del 10% para contratar directamente, obviando lo establecido en el artículo 44 del Decreto 66 de 2008.

La conducta del exfuncionario fue calificada como gravísima cometida con culpa gravísima.

Finalmente, el órgano de control advirtió que contra esta decisión proferida en primera instancia por la Procuraduría Provincial de Popayán y, en segunda instancia por la Procuraduría Regional del Cauca, no procede ningún recurso.

juan manuel jaramillo hurtado
Juan Manuel Jaramillo Hurtado, a la derecha, en esta foto de archivo. A la izquierda, el senador José Darío Salazar, el ministro de agaricultura (ex) Juan Camilo Restrepo, el diputado César Sánchez y la representante Esmeralda Sarria.

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