Multas por incumplir la ley seca en Colombia

La ley seca en Colombia establece la prohibición temporal de vender y consumir bebidas alcohólicas durante determinadas jornadas definidas por autoridades nacionales o locales. La medida se aplica con frecuencia durante procesos electorales para reducir alteraciones del orden público y garantizar el desarrollo de la votación.
En Colombia, la ley seca suele regir desde las 6:00 p. m. del día anterior a las elecciones hasta las 6:00 a. m. del día siguiente a la jornada electoral, de acuerdo con lo señalado en el Código Electoral. Sin embargo, alcaldías y autoridades nacionales pueden modificar estos horarios mediante decreto según las condiciones de cada territorio.
La restricción impide el expendio y el consumo de bebidas embriagantes en establecimientos abiertos al público y en espacios públicos. La medida se aplica tanto a comerciantes como a ciudadanos que adquieran o consuman licor durante el periodo establecido.
El incumplimiento de la ley seca puede generar sanciones económicas establecidas en el Código Nacional de Policía y Convivencia. Las multas pueden oscilar entre cuatro y treinta y dos salarios mínimos diarios legales vigentes, según la gravedad del comportamiento y las circunstancias en las que las autoridades detecten la infracción.
El artículo 180 de esa normativa clasifica estas conductas dentro de las faltas relacionadas con desobediencia o desacato frente a disposiciones de convivencia ciudadana. Las sanciones aplican tanto a establecimientos que vendan bebidas alcohólicas durante la restricción como a personas que las consuman en lugares prohibidos.
La aplicación de la ley seca depende de decretos emitidos por alcaldías o por el Gobierno nacional. Por esta razón, las autoridades recomiendan a la ciudadanía revisar las disposiciones vigentes en cada municipio antes de la jornada electoral.
La restricción tiene alcance únicamente dentro del territorio colombiano. Los ciudadanos que votan en el exterior deben cumplir las normas del país donde se encuentre su puesto de votación, sin que la ley seca nacional tenga aplicación fuera del país.



