Juez de la República expone incumplimiento de la gerente de la ESE Norte 1


Juez de la República expone incumplimiento
de la gerente de la ESE Norte 1
¿Es necesario que un juez de la República recuerde a una funcionaria pública su deber de responder a las autoridades y a la ciudadanía?
En un hecho que parece salido del realismo mágico, el Juzgado Promiscuo Municipal de Buenos Aires, Cauca, ha tenido que intervenir para recordarle a la gerente de la Empresa Social del Estado (ESE) Norte 1, Diana Milena Dorado, que debe responder al alcalde municipal, Pablo César Peña, una solicitud de información. Esto ocurre luego de que el mandatario interpusiera una acción de tutela ante la falta de respuesta de fondo a un derecho de petición, radicado en septiembre de 2024.
El juzgado concedió el amparo del derecho fundamental de petición del alcalde y ordenó a la gerente de la ESE responder de manera clara, precisa y congruente a los puntos solicitados. El fallo también dejó en evidencia las evasivas utilizadas por la funcionaria, lo que no solo vulnera derechos fundamentales, sino que pone en entredicho su compromiso con la transparencia y el respeto a las autoridades locales.
El trasfondo del caso
El alcalde Pablo César Peña, como primera autoridad administrativa del municipio, tiene la facultad de coordinar y supervisar los servicios prestados por entidades departamentales en su jurisdicción, según lo establece la Ley 136 de 1994. La negativa de la gerente a atender las solicitudes del mandatario no solo desconoce esta normativa, sino que debilita la capacidad de gestión del municipio en asuntos esenciales para la comunidad.
Una reflexión necesaria
Resulta sorprendente que un juez de la República tenga que intervenir para recordar a una funcionaria pública sus obligaciones legales y administrativas. Este caso pone de manifiesto los desafíos que enfrentan los mandatarios locales para ejercer sus funciones y exige un llamado a la responsabilidad y la ética de quienes administran recursos y servicios públicos.
Desde el fallo, se exhorta a la comunidad a permanecer vigilante y exigir que los funcionarios cumplan con su deber de garantizar una gestión transparente y eficiente, que priorice el bienestar de todos los habitantes de Buenos Aires, Cauca.
El motivo de la decisión judicial fue un derecho de petición a la gerente de la ESE Norte 1:
El alcalde de Buenos Aires, Cauca, Pablo César Peña, interpuso un derecho de petición ante la gerente de la ESE Norte 1, Diana Milena Dorado Delgado, exigiendo una respuesta detallada sobre diversos aspectos administrativos y financieros de la entidad. La solicitud está fundamentada en los derechos constitucionales de acceso a la información pública, establecidos en la Ley 1755 de 2015 y otros marcos normativos pertinentes.
Entre los puntos solicitados por el mandatario de Buenos Aires, se incluyeron detalles sobre contratos laborales y de prestación de servicios, la relación de personal vinculado a la ESE, los gastos de viáticos, los contratos de suministros y servicios, así como un informe sobre los servicios prestados y su habilitación por las autoridades competentes. También exigió la entrega de estadísticas sobre las patologías más comunes en la región y un informe sobre las brigadas de salud realizadas en el corregimiento del Naya.
El alcalde solicitó que la respuesta fuera entregada en un plazo máximo de diez días, conforme a lo establecido por la ley. Además, el derecho de petición fue copiado a otras autoridades como la Superintendencia Nacional de Salud, el gobernador del Cauca y la Secretaría de Salud del Cauca, con el fin de que se haga seguimiento a la solicitud.
Esta petición que no fue respondida en su totalidad fue el motivo por el cual un juez de la República tuvo que intervenir y subraya la importancia de la transparencia en la gestión pública y la rendición de cuentas, especialmente en el sector de la salud, donde la adecuada administración de recursos y servicios es crucial para el bienestar de la población.



