El Juzgado Primero Civil Circuito Santander de Quilichao decidió revocar en segunda instancia el fallo fechado el 6 de mayo de 2015 y en su lugar tutelar el derecho fundamental al debido proceso instaurado por el Municipio de Santander de Quilichao contra la Compañía Energética de occidente.
Mediante este fallo la Entidad Accionada Compañía Energética de Occidente en un término de 48 horas deberá reestablecer el servicio de fluido eléctrico a las instalaciones y dependencias de la Administración Municipal.
Aunque este fallo no resuelve de fondo el litigio por prestación del servicio de fluido eléctrico, si favorece a los habitantes de Santander de Quilichao y Norte del Cauca que acceden a los trámites y demás servicios que ofrece la Administración Municipal, evitando así los costos y las incomodidades que genera el uso de la planta eléctrica.
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