CORPORACION AUTONOMA REGIONAL DEL CAUCA – CRC
El Decreto No. 4741 del 30 de Diciembre de 2.005 y la Resolución No. 1362 del 2 de Agosto de 2.007 del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, reglamentan y establecen los procedimientos a seguir para registrar las personas y actividades que generan residuos o desechos peligrosos ante las autoridades ambientales.
Inscripción en el registro de generadores de residuos peligrosos
Todas las personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, que desarrollen cualquier tipo de actividad generadora de residuos o desechos peligrosos, deberán solicitar su inscripción en el Registro de Generadores de residuos o desechos peligrosos, mediante comunicación escrita dirigida a la autoridad ambiental, de acuerdo a las categorías y plazos establecidos en la Resolución 1362 de 2007.
Clasificación de generadores:
a) Gran Generador: Persona que genera residuos o desechos peligrosos en cantidad igual o mayor a 1,000.0 Kg/mes calendario considerando los periodos de tiempo de generación del residuo y llevando promedios ponderados y media móvil de los últimos seis (6) meses de las cantidades pesadas.
c) Pequeño Generador: Persona que genera residuos o desechos peligrosos en una cantidad igual o mayor a 10.0 Kg/mes y menor a 100.0 Kg/mes calendario considerando los periodos de tiempo de generación del residuo y llevando promedios ponderados y media móvil de los últimos seis (6) meses de las cantidades pesadas.
Para conocer más sobre esta información lo invitamos a visitar el sitio web de la Corporación: http://www.crc.gov.co/




