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Martes, 13 de octubre de 2026

Corte Suprema absolvió al congresista César Cristian Gómez

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La Sala Especial de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia absolvió al representante a la Cámara por el Cauca, César Cristian Gómez Castro, dentro del proceso que enfrentaba por presuntos delitos contra la administración pública.

La decisión cobija los delitos de peculado por apropiación, interés indebido en la celebración de contratos, contrato sin cumplimiento de requisitos legales y tráfico de influencias, por hechos ocurridos en 2016, cuando Gómez Castro se desempeñaba como alcalde de Popayán.

El caso estaba relacionado con un convenio de asociación celebrado entre la Alcaldía de Popayán y la Fundación Tortuga Triste, cuyo objeto era la promoción y desarrollo de la agenda cultural de las procesiones de Semana Santa.

De acuerdo con la Corte Suprema, la acusación presentaba deficiencias relevantes en la delimitación de los hechos jurídicamente relevantes atribuidos al procesado. La Sala señaló que no se identificaron con claridad las conductas que permitirían establecer responsabilidad penal.

Corte Suprema absolvió al congresista César Cristian Gómez

Tras valorar el material probatorio presentado durante el juicio, la corporación concluyó que no se alcanzó el estándar de conocimiento exigido por la ley para dictar una sentencia condenatoria.

En consecuencia, la Sala resolvió absolver al congresista caucano en aplicación de garantías constitucionales del proceso penal, entre ellas el principio de congruencia y el in dubio pro reo, según el cual, ante la duda, debe resolverse a favor del procesado.

La decisión representa un cierre judicial relevante para Gómez Castro, quien actualmente ocupa una curul en la Cámara de Representantes por el departamento del Cauca.

El caso también vuelve a poner sobre la mesa el debate sobre la calidad de las acusaciones penales, la valoración probatoria y la responsabilidad de las instituciones judiciales en procesos relacionados con presuntos hechos de contratación pública.

Con este fallo, la Corte Suprema dejó sin condena al congresista por los hechos investigados y reafirmó que una sentencia penal solo puede dictarse cuando las pruebas permiten superar toda duda razonable.

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El congresista César Cristian Gómez se pronunció a través de sus redes sociales: «Después de haber leído con detenimiento y en compañía de mi equipo jurídico, me permito informar a la opinión pública que, con profunda gratitud y serenidad, me dirijo a ustedes para expresar mi reconocimiento por la decisión adoptada por la Sala Especial de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia, mediante Sentencia SEP 085-2026 del 1° de junio de 2026, dentro del Radicado 01023, en la cual esa alta Corporación resolvió absolverme de todos y cada uno de los cargos formulados en mi contra por los presuntos delitos de peculado por apropiación, interés indebido en la celebración de contratos, contrato sin cumplimiento de requisitos legales y tráfico de influencias, hechos imputados en relación con mi gestión como alcalde de la ciudad de Popayán durante las festividades de Semana Santa.

Este fallo representa, ante todo, un triunfo para la verdad y la justicia. La Sala Especial de Primera Instancia, con rigor jurídico y apego irrestricto a las garantías constitucionales y procesales, examinó con profundidad cada uno de los cargos y concluyó que no existía mérito que comprometiera mi responsabilidad en este asunto.

Quiero expresar mi más sincero agradecimiento a mis abogados defensores, los doctores Leonardo Fabián Cruz Bolívar y Héctor Iván Sánchez Díaz, cuya dedicación, profesionalismo y dominio del derecho penal fueron determinantes en el resultado de este proceso. Su labor, ejercida con rigor técnico y compromiso ético, garantizó que cada argumento de la defensa fuera expuesto con la contundencia y solidez que el caso exigía y acogido por la alta corporación de justicia. A ellos, mi gratitud permanente.

Igualmente, destaco que durante todo el trámite de este proceso la Corte Suprema de Justicia observó y salvaguardó íntegramente las garantías procesales consagradas en la Constitución Política y la ley, lo que reafirma mi confianza en las instituciones de la República y en la independencia de la administración de justicia.

No obstante lo anterior, me permito informar a la ciudadanía que la sentencia absolutoria fue objeto de recurso de apelación. Frente a ello, tengo plena confianza en que la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, al examinar la solidez y contundencia de los argumentos que fundamentan mi absolución, mantendrá íntegramente el fallo, pues las razones jurídicas que lo sustentan son de tal claridad y fortaleza que los reparos presentados en el recurso de apelación no tienen vocación de prosperidad.

Agradezco a Dios, a mi familia y a todos quienes durante estos años me acompañaron y creyeron en mi inocencia y en la justicia. Desde el lugar donde Dios y la comunidad del Cauca me indiquen que debo estar, continuaré trabajando por el departamento con la misma responsabilidad y entrega que siempre me han caracterizado, al servicio de mis electores y de Colombia».