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Domingo, 11 de octubre de 2026

Prohíben depositar las basuras de Jamundí en Puerto Tejada

Prohíben depositar las basuras de Jamundí en Puerto Tejada 1
Prohíben depositar las basuras de Jamundí en Puerto Tejada
Prohíben depositar las basuras de Jamundí en Puerto Tejada
Crédito de la fotografía de referencia: Puerto Tejada No Al Basuro

La Corporación Autónoma Regional del Cauca, CRC, ordenó hoy la suspensión de actividades relacionadas con la recepción de residuos sólidos provenientes del municipio de Jamundí o cualquier otro municipio diferente al municipio de Puerto Tejada, en el predio denominado El Cortijo.

La decisión tiene respaldo legal en la Resolución 00724 del 17 de julio de 2024, que además dispone el inicio de un procedimiento sancionatorio ambiental contra la Empresa de Servicios Públicos Puerto Tejada S.A.S. E.S.P. cuyo representante legal es Wilson Freire Cárdenas. Esta medida está avalada por Amarildo Correa Obando, director general CRC.
De acuerdo con lo dispuesto por la autoridad ambiental, las decisiones se tomaron como resultado de las acciones de seguimiento realizadas por la Subdirección de Defensa del Patrimonio Ambiental al Plan de Manejo Ambiental vigente, que había sido aprobado por la CRC mediante conceptos de viabilidad de los años 2014 y 2015.

Según ese PMA, la celda de contingencia para el manejo de los residuos sólidos funciona en un área de 7000 metros cuadrados, con una capacidad de 42.000 metros cúbicos en el sector denominado El Cortijo, donde funcionó inicialmente un botadero a cielo abierto. Fue diseñada como sistema de disposición final de residuos sólidos del municipio de Puerto Tejada.

Sin embargo, desde el año 2018 El Cortijo comenzó recibir los vehículos transportadores de los residuos sólidos del municipio de Jamundí, Valle del Cauca. Esas basuras alcanzan un promedio-mes de 2733,86 toneladas, que obviamente, sobrepasan la capacidad de recepción de la celda.

Entonces, la CRC mediante oficio del 21 de mayo de 2021 solicitó a la empresa abstenerse de continuar con la actividad de disposición final de residuos sólidos provenientes de municipio diferente a Puerto Tejada.

La CRC realizó visitas en 2022 y 2023, en las que se evidenció el incumplimiento reiterado de las decisiones y de los aspectos técnicos establecidos en el Reglamento de Agua potable y Saneamiento Básico, específicamente en inoperatividad de maquinaria amarilla, áreas descubiertas de residuos sólidos, brotes de lixiviados persistentes y manejo crítico de aguas lluvias. En consecuencia, impuso medida preventiva de Amonestación Escrita, mediante Resolución 992 del 28 Julio de 2023.

Es más, en la visita del día 28 de diciembre de 2023 se evidenció la persistencia de las fallas, agravadas por la renuencia del operador a presentar el Plan de Mejoramiento solicitado en la medida preventiva de Amonestación Escrita citada.
En estas condiciones, atendiendo además el clamor de la ciudadanía porteña representada en la Veeduría Ciudadana de Puerto Tejada y ante el inminente riesgo por inadecuado manejo técnico y almacenamiento de lixiviados, lo que podría ocasionar una afectación ambiental sobre los recursos naturales agua, suelo y de los ecosistemas asociados a estos, la CRC como se dijo inicialmente, ordenó suspender la recepción de residuos sólidos provenientes de Jamundí o cualquier otro municipio diferente al municipio de Puerto Tejada, y simultáneamente ordenó al operador Empresa de Servicios Públicos Puerto Tejada lo siguiente:

Prohíben depositar las basuras de Jamundí en Puerto Tejada
Crédito de la fotografía de referencia: Puerto Tejada No Al Basuro
  • Presentar los planos y diseños del área disponible, así como el cálculo y análisis de la vida útil de la celda de contingencia El Cortijo.
    Registrar en la valla de ingreso la información técnica correspondiente a la capacidad o vida útil del sistema, indicando la capacidad diaria a recibir en la disposición final de los residuos sólidos sobre la celda de contingencia.
  • Dar solución definitiva y eliminación total de todos los brotes de lixiviados que se encuentran en el perímetro de la celda.
  • Eliminación de los pondajes denominados Olímpica 1 y Olímpica 2.
  • Realizar una señalización técnica en campo de cada uno de los componentes del sistema de almacenamiento de lixiviados en la celda de contingencia, realizando énfasis en las dimensiones de los pondajes y su capacidad.
  • Finalizar la cobertura temporal adecuada o el sellamiento del área de la Etapa 3 o en su defecto implementar el recubrimiento con material sintético negro verde. Esta área no puede permanecer descubierta en las condiciones técnicas evidenciadas durante la visita del 22 de abril de 2024.
  • Presentar Plan de Siembra Técnico (reforestación).
  • Presentar un estudio reciente de calidad de aire que incluya el análisis de material particulado (PM).
  • Socialización del proyecto ante la comunidad, creación de un comité que permita la comunicación permanente con la comunidad, uso de mano de obra de la zona para las labores de adecuación, instalación y operación de la celda de contingencia, estadísticas de quejas y reclamos de la comunidad aledaña al sitio de operación, capacitaciones ambientales realizadas al personal y la comunidad de la zona.

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