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Viernes, 2 de octubre de 2026

Cátedra sexual sólo se impartirá en bachillerato y universidades

Educación sexual

Educación sexual

La Corte Constitucional dejó intacta una disposición de la Ley 1146 de 2007 que establece que las cátedras de educación sexual sólo se podrán impartir para secundaria y estudios universitarios.

La Sala Plena de la Corte Constitucional dejó en firme los alcances del artículo 14 de la citada ley que establece que las clases de educación sexual únicamente pueden ser impartidas en los cursos de media y superior, es decir únicamente en el bachillerato y universidades.

La Corte no accedió a una pretensión del colectivo ‘Sin embarazos en adolescentes’ que buscaba que dicha cátedra, también se dictara en preescolar y primaria, precisamente para evitar los embarazos en menores de edad y en adolescentes.

Este caso había generado una polémica reciente luego que el procurador General de la Nación, Alejandro Ordóñez, estimara que la cátedra de educación sexual no se debe impartir en preescolar y la básica primaria.

Para Ordóñez, la Ley tenía que quedarse tal y como está pues dicha cátedra recibida a tan temprana edad podría inducir –en criterio de Ordóñez- al inicio pronto de la vida sexual.

“Podría generar, en cambio, consecuencias indeseables, como la curiosidad hacia conductas sexuales que aceleren de manera inconveniente el inicio sexual de los niños / niñas y adolescentes con el ya consabido riesgo de embarazos adolescentes y el contagio de enfermedades de transmisión sexual”, señaló en su momento el jefe del Ministerio Público.

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