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Sábado, 17 de octubre de 2026

Tribunal Superior reconoce diligencia e interés del gobernador del Cauca

“Estableciéndose el sentido subjetivo o de comportamientos de las autoridades administrativas frente a la orden de tutela, por la total...

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gobernador campo hurtado

“Estableciéndose el sentido subjetivo o de comportamientos de las autoridades administrativas frente a la orden de tutela, por la total y decidida voluntad que tienen los representantes legales de la entidad territorial (gobernador del Cauca) y locales (alcaldes de Timbío y El Tambo) accionados en dar cumplimiento a la construcción del puente peatonal sobre el río Los Robles, comprensión de las veredas El Guayabal y Sevilla, lo cual será una realidad materializable para la comunidad que se beneficiaría en menos de cuatro meses, resulta imperioso por la ausencia de dolo o culpa manifiesta, dejar sin efecto la sanción impuesta por desacato…”

Así se pronunció la Sala Constitucional – Adolescentes del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Popayán al revocar un fallo del Juzgado Segundo Penal para Adolescentes que había ordenado arrestar y multar al gobernador del Cauca, Óscar Rodrigo Campo Hurtado, y a los alcaldes de los municipios de Timbío, Libardo Vásquez, y de El Tambo, Celio Urresty, por no acatar una tutela.

El asunto se remonta al año 2015, cuando el ingeniero Campo Hurtado y los alcaldes aún no eran autoridades administrativas, y el citado juzgado mediante sentencia tuteló los derechos fundamentales a la vida, integridad personal y protección a la niñez y habitantes de las veredas El Guayabal (Timbío) y Sevilla (El Tambo), ordenando la construcción del puente peatonal sobre el río Los Robles. Por asuntos presupuestales, pues no se incluyeron los recursos necesarios para el año 2016, los mandatarios no pudieron cumplir con el plazo dispuesto por la autoridad judicial. En estas circunstancias el defensor del pueblo, regional Cauca, presentó, el 2 de enero de 2017, ante la misma instancia incidente de desacato en contra de la Gobernación y los dos municipios, logrando que el juzgado decretara, el 12 de enero, un arresto de 5 días y multa de 3 salarios mínimos mensuales para el gobernador y los dos alcaldes.

Contra esa decisión, como no es susceptible de apelación, opera automáticamente el grado jurisdiccional de consulta ante el superior jerárquico en efecto suspensivo, en este caso, ante el Tribunal Superior del Distrito Judicial, entidad que estudió las pruebas, verificó que el proyecto ya había sido viabilizado en noviembre del año pasado y se había firmado el convenio interadministrativo para la construcción del puente. Ya estaba todo listo para la contratación del puente por la modalidad de selección pública.

Entonces, el Tribunal se pronunció el 18 de enero reconociendo que si la obra aún no se ha construido, “no se debe a que caprichosamente se hayan sustraído a su cumplimiento, negligencia o falta de interés, sino a procesos administrativos y legales”, por lo cual revocó la decisión anterior. Y soportó el nuevo veredicto en una sentencia de la Corte Constitucional: “…el objeto del incidente de desacato no es la imposición de la sanción en sí misma, sino proteger el derecho fundamental vulnerado o amenazado…” que era también el interés primordial del gobernador Campo y de los alcaldes Vásquez y Urresty.

“Somos conscientes de las dificultades de los niños y niñas de la Institución Educativa Agroecológico de Sevilla, somos conscientes de la importancia del puente peatonal, por eso reitero que ese puente se construirá. Respetamos el fallo judicial de tutela; las dificultades de incorporación al prepuesto del año anterior se solventarán este año y la obra será una realidad” dijo el ingeniero Campo Hurtado.

Finalmente, informó que la Administración departamental ya publicó en el Portal único de Contratación SECOP la invitación para adjudicar la construcción del puente peatonal, el cual, según los cronogramas establecidos por la Secretaría de Infraestructura departamental se espera entregar en el mes de mayo del presente año.

Este incidente dejó en claro que el gobernador del Cauca, Rodrigo Campo, nunca ha tenido un propósito de resistencia a lo dispuesto por las autoridades judiciales, ni estorbar ni impedir el cumplimiento de las decisiones legales, sino corresponder a las expectativas de todos los caucanos de manera oportuna y con estricta sujeción a la normatividad legal y fiscal en la ejecución de los recursos públicos.

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En contexto: http://www.proclamadelpacifico.com/2017/01/puente-peatonal-rio-los-robles-sur-del-cauca-sera-una-realidad.html

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Redacción Proclama del Pacífico

Periodismo verificado desde Santander de Quilichao, Cauca.

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