Procuraduría sancionó exalcaldes y secretario de obras de Pradera


Después de que la Procuraduría General de la Nación profiriera pliego de cargos en septiembre de 2023 al alcalde de Pradera, Valle del Cauca, Justino Sinisterra Sinisterra, y a otros cuatro exfuncionarios, por presuntas irregularidades en la construcción del servicio de urgencias de la ESE Hospital San Roque, de ese municipio, el pasado 26 de julio de 2024 expidió fallo de primera instancia.
Según la providencia, los exalcaldes Henry Devia Prado (2016 – 2019) y Justino Sinisterra Sinisterra (2020 – 2023), y el exsecretario de Infraestructura Rafael E. Moreno Nieva, fueron declarados responsables.
En consecuencia, la Procuraduría destituyó e inhabilitó por 9 años a Devia Prado. Igual sanción le fue impuesta a Moreno Nieva, mientras que a Sinisterra le impuso una suspensión de 10 meses. Como Justino Sinisterra ya no es alcalde, la sanción se convierte en 10 salarios mensuales devengados.
El proceso
De acuerdo con la investigación disciplinaria, los estudios previos y diseños elaborados no respondían a las necesidades en cuanto a capacidad y espacio que requería el servicio de urgencias de la ESE para brindar una atención adecuada a los usuarios.
Además, las obras fueron contratadas sin que la administración contara con el concepto técnico de viabilidad de inversión en infraestructura física que debía expedir el Ministerio de Salud y Protección Social. No obstante, el municipio inició las obras en 2018 y giró un anticipo superior a los mil millones de pesos, suma que equivalía al 40 % del valor total de los trabajos, que ascendían a 2.237 millones de pesos.
El órgano de control agregó que las administraciones municipales, tanto la de Devia Prado como la Sinisterra, habrían aprobado ampliaciones al plazo de ejecución de los trabajos, sin preocuparse por tramitar y conseguir el concepto técnico o corregir las falencias en cuanto al diseño arquitectónico.
La Procuraduría también tuvo en cuenta que la Administración de Sinisterra no hubiera tomado acciones decisivas antes de finalizar su período constitucional como alcalde de Pradera, frente al proyecto que ha debido concluirse en 2018.
Segunda Instancia en el Proceso Disciplinario
Los funcionarios sancionados tienen derecho a apelar la decisión de la Procuraduría General de la Nación, conforme a lo establecido en el ordenamiento jurídico colombiano. Esta apelación constituye una segunda instancia en la que un órgano superior revisará la providencia inicial. Durante este proceso, los exalcaldes Henry Devia Prado, Justino Sinisterra Sinisterra, y el exsecretario de Infraestructura, Rafael E. Moreno Nieva, podrán presentar sus argumentos y pruebas adicionales para intentar modificar o revocar las sanciones impuestas. La segunda instancia es un mecanismo esencial para garantizar el derecho a la defensa y la transparencia en la administración de justicia disciplinaria, permitiendo una revisión exhaustiva y objetiva de las actuaciones y decisiones adoptadas en primera instancia por la Procuraduría.



