
En concordancia con el Oficio J5A-1734/13, del veintinueve (29) de julio de dos mil trece (2013), expedido por el Juzgado Quinto Administrativo del Circuito de Popayán, este organismo admitió la demanda interpuesta por Oscar Alexander Escue y otros, contra el Municipio de Santander de Quilichao, solicitando “protección de derechos e intereses colectivos – acción popular”, mediante Auto Interlocutorio Nº 0798 de 24 de julio de 2013, por estar formalmente ajustada a las disposiciones contenidas en el artículo 18 de la Ley 472 de 1998 y el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. La noticia fue publicada por este diario en el portal www.proclamadelpacifico.com el Jueves 25 julio, 2013 a las 11:06 a.m. con algunas imprecisiones de tipo jurídico, pues el Despacho aún no ha proferido sentencia por lo cual este medio de comunicación procede a rectificar según lo solicitado, en las mismas condiciones en que se hizo la publicación inicial.
El Juzgado Quinto Administrativo del Circuito de Popayán dispuso que la transcripción del aviso se debía realizar solo para informar a la comunidad del Municipio de Santander de Quilichao sobre la admisión de la demanda en la que se pretende «1. Ordenar al demandado ejecutar las acciones tendientes a evitar el daño contingente, hacer cesar el peligro, la amenaza, la vulneración, o agravio sobre los derechos e intereses colectivos. 2. Ordenar al señor alcalde LUIS EDUARDO GRIJALBA MUÑOZ, abstenerse de realizar eventos en el parque las acacias los cuales perjudican el derecho colectivo de los habitantes de los barrios corona dos, General Santander y los guadules. 3. No autorizar o permitir a particulares, por parte del alcalde municipal la realización de evento sobre el parque las acacias.» (Transcripción textual) y se rectifica nuevamente que el Despacho aún no ha proferido sentencia.