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Viernes, 2 de octubre de 2026
jueves 10 septiembre, 2009 a las 3:14 pm

Este Viernes se designarán 156.000 jurados de votación para la Consulta Interna de partidos y movimientos políticos del 27 de Septiembre

 El sorteo se realiza de forma aleatoria mediante un software, garantizando la heterogeneidad de la filiación política de los jurados de votación designados.

 Los Jurados que no concurran a su puesto de votación o lo abandonen pueden ser destituidos del cargo, si son servidores públicos, o pueden ser multados hasta con 10 salarios mínimos.

Este viernes 11 de septiembre en cada una de las Delegaciones Departamentales, Registradurías Especiales, Auxiliares y Municipales que la Registraduría Nacional del Estado Civil tiene en todo el país, se realizará el sorteo de los 156.000 Jurados de Votación, incluyendo remanentes, que deberán prestar su servicio durante las próximas Consultas Internas de los Partidos y Movimientos Políticos del próximo 27 de septiembre.

Para el sorteo se cuenta con un software diseñado por la Coordinación de Desarrollo y Programación de la Gerencia de Informática de la Entidad, “Software Jurados Elecciones 2009”, el cual fue enviado con antelación a todas las sedes de la Registraduría en todo el país. Este software se nutre con la información que las empresas del país enviaron con los datos de sus empleados y realiza el sorteo de forma aleatoria, garantizando la heterogeneidad de la filiación política de los jurados de votación designados.

Entre el momento de la designación y el sábado 26 de septiembre, se realizará la notificación de los jurados de votación, la cual podrá hacerse con la sola fijación del listado de los elegidos en sitio público, generalmente en las sedes de la Registraduría o en las Alcaldías Municipales.

Del mismo modo la Registraduría tiene previsto en lo posible, enviar comunicaciones individuales a los jurados de votación designados, a través de las empresas que facilitaron el listado de sus funcionarios. La prestación de este servicio por parte de los ciudadanos es de carácter obligatorio, por lo cual el no recibir esta notificación, NO lo exonera de la prestación del servicio.

Adicionalmente en el sitio web de la Registraduría www.registraduria.gov.co, los colombianos podrán, digitando su número de cédula, enterarse si fueron designados como jurados de votación, aunque se recomienda verificar los listados en las Registradurías de cada localidad.

Los jurados designados deberán capacitarse para prestar su servicio de manera eficiente el día de las consultas internas. En la página web de la Registraduría Nacional www.registraduria.gov.co, en el sitio especial desarrollado para las consultas internas ya se encuentra disponible la cartilla para jurados y todo el material necesario para su capacitación.

Las personas notificadas como Jurados de Votación y que sin justa causa no concurran a desempeñar las funciones de Jurado o las abandonen, se harán acreedoras a la destitución del cargo que desempeñan si son servidores públicos, si no lo son, a una multa equivalente hasta 10 salarios mínimos vigentes, a favor del Fondo Rotatorio de la Registraduría Nacional.

Para notificar a los sancionados, el Registrador que imponga la multa emitirá Resolución que deberá fijar en lugar público de la Registraduría, durante cinco días hábiles, contados a partir de la fecha de la fijación.

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