Ir al contenido principal

Red de Medios Proclama del Pacífico Noticias

Pico y Placa Sábado:
Popayán No aplica
Cali No aplica
Sábado, 10 de octubre de 2026
jueves 24 septiembre, 2026 a las 1:58 pm

Damnificados no pagarán cuotas moderadoras ni copagos

Damnificados no pagarán cuotas moderadoras ni copagos

Damnificados no pagarán cuotas moderadoras ni copagos

Las personas reconocidas como damnificadas por el terremoto del 10 de agosto de 2026 quedarán exentas del pago de cuotas moderadoras y copagos durante 12 meses. La medida fue adoptada por el Gobierno Nacional mediante el Decreto 1415 del 17 de septiembre de 2026.

El beneficio cobija a afiliados de los regímenes contributivo y subsidiado que cumplan dos requisitos. Deben estar inscritos en el Registro Único de Damnificados de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres y tener su afiliación validada en la Base de Datos Única de Afiliados.

La exención busca evitar que la pérdida de ingresos causada por el terremoto limite el acceso de las familias afectadas a los servicios de salud.

El beneficio podrá utilizarse en todo el país

Los damnificados que cumplan las condiciones podrán recibir atención en cualquier lugar de Colombia. El beneficio no estará limitado al municipio donde ocurrió la afectación.

Durante los 12 meses de vigencia, las entidades responsables del pago no podrán exigir cuotas moderadoras o copagos para prestar un servicio, emitir una autorización o entregar medicamentos y otras tecnologías en salud.

Tampoco podrán cobrar posteriormente los valores correspondientes a servicios prestados durante el periodo de exención ni trasladarlos a hospitales, clínicas, profesionales o proveedores. Las reglas ordinarias continuarán aplicándose a los afiliados que no aparezcan en los registros exigidos.

Alivio para independientes y empleadores

El decreto también establece que no se causarán intereses de mora por el pago tardío de aportes al Sistema de Seguridad Social Integral y contribuciones parafiscales.

La medida comienza con el periodo de cotización de agosto de 2026 y cobija durante 12 meses a trabajadores independientes y empleadores afectados que sean identificados por el Ministerio de Salud y Protección Social.

Este alivio elimina los intereses moratorios durante el periodo establecido, pero mantiene la obligación de pagar los aportes. La identificación se realizará con información del Registro Único de Damnificados y del levantamiento sobre empresas afectadas remitido por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo.

El Decreto 1415 también contiene medidas para financiar reparaciones, dotaciones y equipos de la red hospitalaria afectada por el terremoto.

Articulos relacionados