En una sentencia proferida por el Consejo de Estado en el pasado mes de mayo, que se hizo pública en la presente semana, se sancionó a la Nación con el pago de una indemnización a los señores Román Jiménez Chávez y Orlando Jiménez Chávez, quienes habían sido condenados penalmente por el delito de lesiones personales a pena privativa de la libertad, pero con el subrogado de la condena de ejecución condicional, es decir, que se les había otorgado el beneficio de libertad provisional, gracia que luego fue revocada por el juez de ejecución de penas, sin agotar el trámite previo legalmente establecido.
El Consejo de Estado determinó que los Jiménez Chávez sufrieron daño antijurídico, al negárseles dicho beneficio sin habérseles dado la oportunidad de ejercer su derecho de defensa, a pesar de haber resultado responsables del delito.
La síntesis del caso, según el Consejo de Estado, es que mediante resolución de 20 de septiembre de 1994, la Fiscalía 27 Local de Paispamba dictó medida de aseguramiento de detención preventiva, en contra de los señores Román Jiménez Chávez y Orlando Jiménez Chávez, por considerarlos presuntamente responsables del delito de lesiones personales inferidas a los señores Álvaro Jiménez Anacona y Gregorio Jiménez Anacona, pero les concedió la libertad provisional.
Posteriormente, el Juzgado Promiscuo Municipal de Paispamba, en su calidad de Juez Transitorio de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad, citó a los condenados, con el fin de dar cumplimiento a las exigencias previstas en el artículo 69 del Código Penal, pero ante la no comparecencia de los mismos al despacho, les revocó el beneficio y ordenó su captura. Los señores Román Jiménez Chávez y Orlando Jiménez Chávez permanecieron detenidos desde el 14 y 15 de septiembre de 1998, respectivamente, hasta el 12 de marzo de 1999.
Los afectados solicitaron mediante el ejercicio de la acción de tutela la protección de sus derechos fundamentales a la libertad y al debido proceso. La tutela fue concedida por el Juzgado Tercero Penal del Circuito de Popayán, quien ordenó la libertad inmediata de los detenidos. La decisión fue confirmada por la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial del Cauca.
