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Martes, 13 de octubre de 2026

Alcaldía de Popayán debe probar que sí cumplió sentencia judicial

Alcaldía de Popayán debe probar que sí cumplió sentencia judicial

Deberá demostrar, en diez días, qué hizo con
19.467 registros
de Tránsito o multas prescritas.

El Tribunal Administrativo del Cauca ordenó verificar bases de datos, archivos de transmisión, certificaciones del SIMIT y expedientes particulares para establecer si la Alcaldía de Popayán cumplió efectivamente una sentencia relacionada con prescripciones de tránsito. La sanción impuesta al alcalde y a la secretaria de Tránsito continúa pendiente de decisión.

El proceso tiene origen en una reclamación promovida por el concejal José Luis Diago Franco, quien desde 2024 ha venido cuestionando que ciudadanos de Popayán deban acudir individualmente a solicitudes, tutelas y desacatos para conseguir la eliminación de multas de tránsito que, según sostiene, ya se encontraban prescritas.

Esa controversia terminó en la Sentencia 069 del 7 de noviembre de 2025, mediante la cual la justicia ordenó depurar del sistema las obligaciones prescritas que reunieran las condiciones establecidas en el fallo.

Diago ha sostenido públicamente que el problema podría afectar a más de 70.000 ciudadanos y ha cuestionado la permanencia en los sistemas de obligaciones que, en su criterio, ya deberían haber sido eliminadas. También ha señalado al operador privado QUIPUX dentro de esa discusión.

Lo que consta judicialmente es que el Juzgado Octavo Administrativo de Popayán consideró incumplida la Sentencia 069 y, mediante Auto Interlocutorio 611 del 12 de junio de 2026, sancionó al alcalde Juan Carlos Muñoz Bravo y a la secretaria de Tránsito, Lizet Vanessa Plazas Quibano, con una multa de cinco salarios mínimos legales mensuales vigentes para cada uno, pagadera con recursos propios, y ordenó el cumplimiento inmediato e integral de la sentencia.

La Alcaldía apeló esa sanción. Durante la segunda instancia, la Secretaría de Tránsito presentó información para demostrar que había avanzado en el cumplimiento y afirmó haber procesado 19.467 registros correspondientes a las vigencias 2021 y 2022.

Concejal José Luis Diago Franco
Concejal José Luis Diago Franco

José Luis Diago controvirtió esa versión y pidió verificarla mediante documentos, bases originales, certificaciones externas y trazabilidad electrónica. Ese enfrentamiento probatorio es precisamente el que explica el Auto Interlocutorio 303 del 25 de agosto de 2026 y la revisión técnica que ahora deberá afrontar la Administración Municipal.

En consecuencia, la Alcaldía de Popayán tendrá diez días hábiles para entregar documentos capaces de demostrar qué ocurrió realmente con 19.467 registros de tránsito que, según la Administración Municipal, fueron procesados para dar cumplimiento a la sentencia judicial.

La revisión será documental y técnica. El Tribunal Administrativo del Cauca quiere conocer qué registros fueron enviados, cuándo llegaron al Sistema Integrado de Multas y Sanciones de Tránsito, SIMIT, cuáles fueron aceptados, rechazados o quedaron pendientes y qué modificaciones terminaron reflejadas efectivamente en la plataforma.

El SIMIT tendrá que certificar qué recibió

La Federación Colombiana de Municipios y la Dirección Nacional del SIMIT deberán informar si recibieron la Resolución 20261500106194 y los archivos correspondientes a los 19.467 registros.

La certificación deberá precisar fecha y hora de recepción, identificador técnico, cantidad de registros recibidos, momento en que las modificaciones aparecieron en el sistema y mecanismo utilizado para transmitir la información.

También tendrán que establecer los resultados del procesamiento de las resoluciones 20261500064484, del 10 de abril de 2026, y 20261500106194, del 2 de junio.

El Tribunal quiere conocer cuántos registros fueron aceptados, rechazados o quedaron pendientes.

La existencia de una resolución, por sí misma, no resolverá la discusión. El proceso busca determinar si las decisiones administrativas produjeron efectivamente los cambios reportados en las bases de datos.

Tránsito y EMTEL deberán entregar los archivos originales

La Secretaría de Tránsito de Popayán y EMTEL S.A. E.S.P. tendrán que aportar los archivos y bases originales relacionados con las resoluciones objeto de revisión.

La orden comprende listados preliminares y definitivos, modificaciones realizadas durante los procesos de validación, archivos transmitidos al SIMIT, constancias de envío y resultados del procesamiento.

Con esa información podrá reconstruirse el recorrido de cada registro desde la obligación inicial hasta el resultado final reflejado en el sistema.

Esa reconstrucción permitirá establecer si existe correspondencia entre lo ordenado administrativamente, la información transmitida y el efecto producido en las bases nacionales.

El Tribunal podrá verificar directamente los sistemas

La audiencia solicitada por la Secretaría de Tránsito también fue autorizada.

Personal técnico de la dependencia podrá intervenir para explicar el funcionamiento de los sistemas y los procedimientos utilizados. Si las condiciones de seguridad informática impiden comprobar determinados datos durante la diligencia, el Tribunal podrá acudir directamente a las instalaciones de la Secretaría para realizar la verificación.

La revisión, por tanto, tendrá un componente técnico poco habitual en esta clase de controversias. El expediente deberá responder con datos verificables a una discusión que hasta ahora ha enfrentado la versión administrativa de cumplimiento con las objeciones formuladas por el demandante.

Tres expedientes particulares también serán revisados

La providencia ordenó entregar los expedientes contravencionales y de cobro coactivo correspondientes a las multas identificadas con los números 21656, 21657 y 18898.

La Secretaría tendrá que explicar fechas, resoluciones sancionatorias, títulos ejecutivos, mandamientos de pago, notificaciones y actuaciones posteriores. También deberá justificar por qué cada obligación terminó incluida o excluida de las resoluciones masivas de prescripción.

Estos casos permitirán contrastar las cifras globales con actuaciones concretas.

Fiscalía, Procuraduría y Contraloría siguen pendientes

El médico José Luis Diago Franco solicitó compulsar copias a la Fiscalía General de la Nación, la Procuraduría y la Contraloría por las contradicciones que asegura haber encontrado.

El Tribunal todavía no ha decidido sobre esa petición. Resolverá el asunto después de practicar las pruebas y celebrar la audiencia, cuando estudie la apelación de la sanción.

Hasta ahora no existe una decisión judicial que establezca responsabilidad penal, disciplinaria o fiscal de los funcionarios involucrados.

La sanción todavía no está resuelta

El Auto 303 tampoco confirmó ni levantó definitivamente la sanción impuesta al alcalde y a la secretaria de Tránsito.

El expediente se encuentra en segunda instancia y tiene pendiente resolver la apelación de la sanción impuesta al alcalde de Popayán y a la secretaria de Tránsito mediante Auto 611 del 12 de junio de 2026. Importante: esta sanción no debe confundirse con la de ocho días de arresto y tres salarios mínimos de otro proceso judicial, que corresponde a un expediente distinto.

Entonces, el Tribunal aplazó esa decisión mientras recauda la información solicitada y estudia la apelación presentada por el Municipio.

La audiencia fue convocada para el 17 de septiembre de 2026, a las 9:00 de la mañana, en la sede del Tribunal Administrativo del Cauca. Antes de esa fecha, la Administración deberá entregar la documentación requerida dentro del término improrrogable de diez días hábiles.

La próxima etapa del proceso estará concentrada en una cuestión concreta: si los documentos, las bases de datos y la trazabilidad técnica respaldan la afirmación de la Alcaldía de Popayán de haber cumplido efectivamente la sentencia.

El Tribunal tendrá la última palabra. Y esta vez deberá pronunciarla después de revisar los datos.

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