Popayán – Cauca, 08 de Julio de 2026.
SEGUNDO AVISO
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 212 del Código Sustantivo del Trabajo y habiéndose realizado la primera publicación, La Empresa CASAHIDALGO CONSTRUCTORES S.A.S., legalmente constituida e identificada con NIT 900.354.637-5 por medio de su representante legal, se permite informar que el señor JESUS EUGENIO CALDON MAZABUEL (Q.E.P.D), identificado en vida con CC 4.615.810, quien laboró para esta compañía hasta el día de su fallecimiento, ocurrido el 10 de mayo de 2026, cuenta con liquidación definitiva de salarios, prestaciones sociales y demás acreencias laborales a cargo de la empresa.
Que dentro del término del primer aviso se presentaron a reclamar la liquidación de salarios y prestaciones sociales las siguientes personas:
- IYANED PAJOY SANCHO, identificada con cédula de ciudadanía No. 34.324.097, quien manifestó actuar en calidad de madre y representante legal del menor JUAN DAVID CALDON PAJOY, identificado con tarjeta de identidad 1.029.605.047, hijo del señor JESÚS EUGENIO CALDON MAZABUEL, allegando los documentos que considera acreditan dicha calidad, los cuales se encuentran en proceso de validación por parte de la empresa.
- LYDA ESPERANZA URREA SÁNCHEZ, identificada con cédula de ciudadanía No. 417.225, quien manifestó actuar en calidad de esposa o compañera permanente del señor JESÚS EUGENIO CALDON MAZABUEL, allegando los documentos que considera acreditan dicha calidad, los cuales se encuentran igualmente en proceso de validación por parte de la empresa.
- A la fecha de la presente publicación, no se han presentado otras personas a reclamar la mencionada liquidación.
Las personas que se consideren con igual o mejor derecho a reclamar y/o recibir la anterior liquidación, deben presentarse o notificarse en la dirección de las oficinas de CASAHIDALGO CONSTRUCTORES S.A.S., ubicadas en la vereda el Cairo (Cajibío) KM 15 vía Popayán a Piendamo (Departamento del Cauca), dentro de los treinta (30) días calendario siguientes a la fecha de esta publicación, con el fin de acreditar su derecho.
Para tal efecto, deberán presentar documento de identidad y prueba idónea que acredite el vínculo que ostente con el funcionario fallecido (registro civil de nacimiento, registro civil de matrimonio, declaración extrajuicio, lo que aplique).
Publíquese y Cúmplase.
Atentamente,
PALMA GORDILLO DAVID ARMANDO
Representante Legal
CASAHIDALGO CONSTRUCTORES S.A.S.
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