Pico y Placa - Popayán: No aplica | Cali: No aplica
Sábado, 17 de octubre de 2026

Propuestas de emisoras comunitarias se recibirán hasta el 15 de este mes

Le puede interesarSiameses ecuatorianos murieron en Colombia a los 27 años Plazo para la presentación de propuestas de emisoras comunitarias...

Compartir:

Facebook
WhatsApp
Propuestas de emisoras comunitarias se recibirán hasta el 15 de este mes
Propuestas de emisoras comunitarias se recibirán hasta el 15 de este mes

Plazo para la presentación de propuestas de emisoras comunitarias vence el 15 de noviembre

Tras 10 años de espera, las emisoras comunitarias tienen de nuevo la posibilidad de recibir asignaciones de frecuencia. El plazo máximo para postularse ante el Ministerio de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (MinTIC) vence el viernes 15 de noviembre a las 12:00 del mediodía.

Las comunidades organizadas interesadas en postularse deberán realizar el envío de la documentación de forma física, bien sea personalmente o por correo certificado, a las instalaciones de la entidad ubicada en el Edificio Murillo Toro (Cra. 8 entre calles 12a y 12b, piso 1) en Bogotá.

“Aspiramos a iniciar el 2020 con nuevas emisoras que brinden a las poblaciones canales de comunicación con información local que fortalezca la democracia. Por eso, desde el pasado 21 de octubre, nos encontramos en la etapa de recepción de postulaciones”, dijo el director de Industria de Comunicaciones, Jorge Barrera.

Al momento de radicar la documentación, es indispensable diligenciar el anexo 6, rótulo presentación propuesta, y adherirlo al sobre que contiene la documentación o indicar claramente que este lo contiene, junto con el número del proceso.

Requisitos

Son seis los requisitos indispensables que deberá cumplir cualquier comunidad organizada e interesada en recibir frecuencia, según lo establecido en el artículo 87 de la resolución 415 de 2010.

1. Ser una comunidad organizada debidamente constituida en Colombia.

2. Haber realizado trabajos con la comunidad municipal en diferentes áreas de desarrollo.

3. Tener domicilio en el municipio para el cual se pretende prestar el servicio comunitario de Radiodifusión Sonora.

4. Acreditar capacidad de congregar a las organizaciones sociales del municipio para constituir la junta de programación.

5. No estar incursa en causal de inhabilidad, incompatibilidad o prohibición de orden constitucional o legal.

6. No ser proveedor del servicio de radiodifusión sonora actualmente.

****************************************************************

Para leer más del autor

clic
logo_proclama_optimizado

Redacción Proclama del Pacífico

Periodismo verificado desde Santander de Quilichao, Cauca.

Le puede interesar

Pc

Proclama Radio

En Vivo

Lo Más Leído

Únete a nuestro canal

Recibe las noticias más importantes al instante por WhatsApp